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¿Pueden los propietarios comunitarios ser autónomos?

La gestión de la propiedad en zonas residenciales puede ser autónoma por parte de los propietarios. La asamblea de propietarios y el comité de propietarios son la mejor encarnación de la autonomía de los propietarios. Aunque la mayoría de las comunidades ahora están administradas por empresas administradoras de propiedades, también hay comunidades de propietarios que han establecido comités de propiedad y son administrados por los propios propietarios. Esto está protegido por el Código Civil. El comité de propietarios se reunirá periódicamente para intercambiar opiniones con los propietarios sobre algunas cuestiones relacionadas con los servicios inmobiliarios.

El comité de propietarios se refiere al órgano ejecutivo de la conferencia de propietarios, que está compuesto por representantes elegidos por los propietarios en el área de administración de la propiedad y representa los intereses de los propietarios mediante la ejecución de las decisiones de la junta. conferencia de propietarios y refleja los deseos y requisitos de los propietarios a todos los sectores de la sociedad. Supervisar y ayudar a las empresas de servicios inmobiliarios u otros administradores en la ejecución de los contratos de servicios inmobiliarios. No tiene personalidad jurídica independiente.

Durante mucho tiempo, ha habido problemas como estatus legal poco claro, responsabilidades poco claras y operaciones irregulares en la práctica de la administración de propiedades en mi país. Como resultado, las empresas de administración de propiedades se encuentran en una posición sólida en las relaciones legales de administración de propiedades, lo que a menudo perjudica los intereses legítimos de los propietarios. Esta situación se ha convertido en un factor importante que obstaculiza el desarrollo de la gestión inmobiliaria en nuestro país a un nivel superior.

Utilizar el Código Civil (en vigor a partir de 2021.1), los reglamentos de gestión de propiedades y otras leyes y reglamentos para proteger los derechos e intereses legítimos de los propietarios. La autogestión y el autoservicio del propietario están protegidos por la ley. Las comunidades residenciales calificadas deberán, de acuerdo con las normas de administración de propiedades, convocar juntas de propietarios, establecer comités de propietarios para seleccionar propiedades y supervisar las actividades inmobiliarias. La administración de la propiedad en la comunidad donde se ubica el comité de propietarios tiene principalmente las siguientes modalidades:

Sistema de contrato: se refiere al método de cobro del servicio inmobiliario en el que los propietarios pagan una tarifa fija por el servicio inmobiliario a la empresa inmobiliaria. , y la sociedad inmobiliaria disfruta o soporta el excedente o pérdida.

Sistema de remuneración: se refiere a retirar la remuneración de los fondos de servicios inmobiliarios recibidos por adelantado según una proporción o cantidad acordada y pagarla a la empresa inmobiliaria. El resto se utiliza para los gastos acordados en el contrato de servicios inmobiliarios. , y el saldo o deficiencia lo disfruta el propietario o el método de facturación del servicio inmobiliario adoptado.

Modelo de autogestión: El tercer modelo aquí es el modelo de autogestión, es decir, los propietarios administran sus propias comunidades y se administran ellos mismos de forma independiente.

El requisito previo para la autogestión es convocar a una junta de propietarios, elegir un comité de propietarios y autorizar al comité de propietarios a administrar la comunidad.

Base Legal

Derecho Civil

Artículo 943 Obligaciones de divulgación de información de los proveedores de servicios inmobiliarios Los proveedores de servicios inmobiliarios deberán revelar periódicamente y de manera razonable los artículos de servicio del propietario, responsables personal, requisitos de calidad, elementos de cobro, estándares de cobro, desempeño, uso de fondos de mantenimiento, operaciones parciales e ingresos, e informe a la asamblea de propietarios y al comité de propietarios.