Si la otra parte me amenaza, ¿qué medios legales debo utilizar?
1. ¿Qué debes hacer si otros te amenazan?
1. Si una de las partes es amenazada por la otra, si esto amenaza la seguridad personal y afecta la vida normal, la parte amenazada puede denunciar el caso al órgano de seguridad pública.
2. El departamento de seguridad pública considerará la gravedad del caso. Si las circunstancias son menores, serán detenidos o multados. Si las circunstancias son más graves, se tratarán conforme a la ley penal.
En segundo lugar, ¿qué responsabilidad legal debe asumir una persona que realiza una conducta amenazante?
(1) Artículo 42 de la "Ley de Castigo de la Gestión de la Seguridad Pública". Quien cometa cualquiera de los siguientes actos será detenido por no más de cinco días o multado con no más de 500 yuanes si las circunstancias son graves; , será sentenciado a no menos de cinco días y no menos de diez días. Las siguientes detenciones pueden combinarse con una multa de hasta quinientos yuanes:
1. Escribir cartas amenazadoras o amenazar la integridad personal de otras personas. seguridad de otras maneras;
2. Insultar descaradamente a otros o inventar hechos para difamar a otros Otros.
3. Fabricar hechos y acusar falsamente a otros en un intento de someter a otros a un proceso penal o penas de seguridad pública;
4. Amenazar, insultar, golpear o tomar represalias contra los testigos y sus familiares cercanos;
5. Enviar repetidamente mensajes obscenos, insultantes, amenazantes o de otro tipo que interfieran con la vida normal de los demás;
6. Espiar, filmar en secreto, escuchar a escondidas y difundir la privacidad de otras personas.
(2) Si las circunstancias son graves, se sospecha que busca peleas y provoca problemas. Artículo 293 de la Ley Penal: El que cometa cualquiera de los siguientes actos de provocar riñas, provocar disturbios y alterar el orden social será sancionado con pena privativa de libertad no superior a cinco años, prisión preventiva o vigilancia:
1. Golpear a otros a voluntad, en circunstancias graves;
2. Perseguir, interceptar, insultar o intimidar a otros, en circunstancias graves.
3. dañar o apropiarse arbitrariamente de bienes públicos o privados, siendo las circunstancias graves;
4. Reunir personas para causar disturbios en lugares públicos, provocando graves disturbios en lugares públicos. Quien congregue varias veces una multitud para cometer los actos mencionados en el párrafo anterior y altere gravemente el orden social, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de cinco años ni mayor de diez años, pudiendo también ser multado.