¿Qué leyes y regulaciones viola el cultivo de vegetales en la azotea de una comunidad?
Cultivar hortalizas en una comunidad viola la ley civil. Como administrador de la propiedad de la comunidad, tiene derecho a detener este comportamiento. Los espacios verdes públicos * * * pertenecen al público * * * o colectivos, y son propiedad de propietarios comunitarios * * *. Los propietarios deben decidir conjuntamente el cambio de forma y uso de los espacios verdes públicos, y los propietarios individuales no tienen derecho a asignarlos y utilizarlos sin autorización. Es ilegal cultivar hortalizas en espacios verdes públicos sin el consentimiento de todos los propietarios.
Objetividad jurídica:
El artículo 274 del Código Civil establece que los caminos dentro de las zonas edificables pertenecen a los propietarios, excepto los caminos urbanos. El espacio verde dentro de la zona de edificación pertenece al propietario, excepto el espacio verde público urbano o el espacio verde personal expreso. Otros lugares * * * públicos, instalaciones públicas y servicios inmobiliarios dentro de la zona del edificio pertenecen al propietario.