¿Cuál es el contenido de la declaración de la defensa en un caso de buscar peleas y provocar problemas?
1. ¿Cuál es el contenido de la declaración de la defensa en el caso de buscar peleas y provocar problemas? Lo que debe incluirse en la declaración de la defensa en el caso de buscar peleas y provocar problemas es: Me asignaron a Participe en el juicio de hoy como defensor del caso del acusado de buscar peleas y provocar problemas. Antes del juicio, revisé cuidadosamente los materiales del expediente de este caso y ahora hago las siguientes opiniones de la defensa sobre este caso basadas en los hechos y la ley. Solicito sinceramente al tribunal que las adopte: 1. El acusado es un infractor por primera vez y. Puede tomar la iniciativa de declararse culpable después de ser llevado ante la justicia. 2. El acusado y la víctima han llegado a un acuerdo de conciliación y se han entendido. Se espera que el tribunal pueda manejarlo como corresponde. 2. Base jurídica pertinente Artículo 293: El que cometa el delito de provocar riñas y provocar disturbios mediante uno de los siguientes actos de provocar riñas y alterar el orden social, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de cinco años, detención o vigilancia criminal: (1) Golpear a otros a voluntad y las circunstancias son atroces (2) Perseguir, interceptar, insultar e intimidar a otros, las circunstancias son graves (3) Tomar por la fuerza o dañar u ocupar arbitrariamente propiedad pública o privada; , siendo las circunstancias graves; (4) Provocar disturbios en lugares públicos, provocar violencia pública **El orden del lugar está gravemente desordenado. El que reúna a otras personas para cometer repetidas veces los actos mencionados en el párrafo anterior y altere gravemente el orden social, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de cinco años ni mayor de diez años, pudiendo también ser multado. Artículo 234 Delito de Lesión Dolosa El que intencionalmente lesione el cuerpo de otra persona será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, prisión criminal o vigilancia pública. El que cometa el delito del párrafo anterior y cause daños graves a otra persona, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, el que cause muerte o lesiones graves e invalidez grave por medios especialmente crueles; Ser condenado a pena privativa de libertad no menor de diez años ni mayor de diez años, cadena perpetua o muerte. Si esta ley dispusiera lo contrario, prevalecerán las disposiciones. Artículo 20: Actos adoptados en legítima defensa para detener la infracción ilegal con el fin de proteger los intereses del Estado, el público o los derechos personales, patrimoniales y otros derechos propios o ajenos de la infracción ilegal en curso, causando daño al infractor ilegal. es legítima defensa y no responsabilidad penal. Si la legítima defensa excede manifiestamente el límite necesario y causa un daño grave, incurrirá en responsabilidad penal, pero se le reducirá o eximirá la pena. Si una persona toma acciones defensivas contra un asesinato, robo, violación, secuestro u otro delito violento en curso que pone en grave peligro la seguridad personal, resultando en víctimas o víctimas, no constituye una defensa excesiva y no será considerada penalmente responsable. El contenido principal de la declaración de la defensa para los casos de provocar peleas y provocar problemas se demuestra en el texto, pero de hecho, cada caso tiene sus propias particularidades, por lo que no es posible dar un formato o plantilla específica para todos los casos, los abogados lo haremos. Redactar la declaración de defensa más adecuada en función de las circunstancias reales del caso, combinadas con los reclamos del cliente y los materiales de evidencia proporcionados.