Red de Respuestas Legales - Derecho de patentes - Reglamento de la Región Autónoma Hui de Ningxia sobre la Prevención de Delitos Profesionales

Reglamento de la Región Autónoma Hui de Ningxia sobre la Prevención de Delitos Profesionales

Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Con el fin de prevenir los delitos laborales, fortalecer y uniformar la prevención de los delitos laborales, asegurar que los trabajadores estatales cumplan sus funciones con apego a la ley, promover la construcción de un gobierno limpio y el trabajo anticorrupción, y promover El desarrollo económico y social, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución y las leyes pertinentes, combinado con la situación real de la región autónoma, se formula el presente reglamento. Artículo 2 Este Reglamento se aplicará a la prevención de delitos profesionales por parte de organismos estatales, empresas estatales, instituciones públicas y organizaciones populares dentro de la región administrativa de la región autónoma. Artículo 3 El término "delitos oficiales" mencionado en este Reglamento incluye el delito de corrupción y soborno, el delito de incumplimiento del deber por parte de funcionarios del Estado, el delito de aprovecharse del poder oficial para infringir los derechos personales y democráticos de los ciudadanos. y otros delitos. Artículo 4 Para prevenir los delitos ocupacionales, debemos adherirnos al principio de tratar tanto los síntomas como las causas fundamentales y gestionarlos de manera integral, y establecer y mejorar un sistema para la prevención de los delitos ocupacionales que preste igual atención a la educación, los sistemas y la supervisión. Artículo 5 Los organismos estatales, las empresas estatales, las instituciones públicas y las organizaciones populares desempeñarán sus respectivas funciones y cooperarán entre sí, y todos los sectores de la sociedad participarán en la prevención de los delitos profesionales. Capítulo 2 Responsabilidades Artículo 6 Las agencias estatales, las empresas estatales, las instituciones públicas y las organizaciones populares son responsables de la prevención de delitos ocupacionales dentro de sus propias unidades y sistemas, y desempeñan las siguientes funciones:

(1) Formular un plan de trabajo para la prevención de delitos laborales, mejorar el mecanismo de trabajo y organizar su implementación;

(2) Implementar leyes, reglamentos y normas y fortalecer la gestión;

(3 ) Establecer y mejorar sistemas de gestión interna como el de personal y financiero, Fortalecer la supervisión y gestión de puestos y vínculos propensos a delitos laborales;

(4) Proporcionar educación sobre la prevención de delitos laborales al personal de la unidad y sistema;

(5) Aceptar la orientación, supervisión e inspección relevantes del departamento, y proporcionar verazmente información e información relevante;

(6) Supervisar e inspeccionar la prevención de delitos ocupacionales cometidos por unidades subordinadas;

(7) Investigar y sancionar las infracciones disciplinarias de acuerdo con la ley, informar el caso de manera oportuna y transferirlo a la fiscalía para su tratamiento de acuerdo con la ley;

(8) Otras responsabilidades para la prevención de delitos relacionados con el trabajo. Artículo 7 La Fiscalía Popular proporciona orientación y supervisión sobre la prevención de delitos profesionales y desempeña las siguientes funciones:

(1) Supervisar los procedimientos penales, las actividades de los juicios civiles, los procedimientos administrativos y la falta de transferencia de los organismos administrativos encargados de hacer cumplir la ley. casos penales de conformidad con la ley, presentar sugerencias y opiniones de la fiscalía para corregir violaciones ilegales;

(2) Investigar las causas, características y patrones de los delitos relacionados con el trabajo en unidades, industrias y sistemas relevantes, y proponer contramedidas y medidas preventivas;

(3) ) Llevar a cabo actividades de prevención de casos individuales, prevención sistemática y prevención especial en conjunto con las unidades y departamentos pertinentes;

(4) Combinar las funciones de supervisión legal de los órganos de la fiscalía y los casos investigados de delitos ocupacionales, realizar publicidad, educación y prevención de delitos ocupacionales Actividades de consultoría

(5) Examinar el desempeño de las funciones de prevención por parte de las unidades y departamentos pertinentes; realizar trabajos de prevención de delitos laborales, y brindar sugerencias y opiniones.

(6) Formular trabajos de prevención de delitos laborales Planificar, resumir y promover experiencias en la prevención de delitos laborales;

(7; ) Otras funciones en materia de prevención de delitos profesionales. Artículo 8 Se implementará un sistema de responsabilidad de liderazgo en la prevención de delitos laborales. Las personas principales a cargo de las unidades y departamentos asumirán la responsabilidad general de la prevención de delitos ocupacionales, y otras personas a cargo tendrán responsabilidades de liderazgo directo de acuerdo con la división del trabajo. Artículo 9 Los funcionarios del Estado serán justos y honestos, cumplirán sus deberes, observarán las disciplinas y las leyes y aceptarán la supervisión. Al desempeñar sus funciones, uno no deberá participar en los siguientes actos:

(1) Aprovecharse de la autoridad para buscar beneficio personal durante la selección y nombramiento de funcionarios estatales;

(2 ) Aprovecharse de la propia autoridad o la influencia de su posición, Interferir con los órganos judiciales o administrativos en el desempeño de sus funciones de conformidad con la ley y buscar ganancias privadas;

(3) Interferir en actividades de mercado como la tierra transferencia de derechos de uso, transacciones de derechos de propiedad, desarrollo y operación de bienes raíces, adquisiciones gubernamentales, etc. Por intereses personales;

(4) Interferir en la licitación de proyectos de construcción o buscar beneficios para individuos y grupos en el ejercicio de facultades de aprobación administrativa, disponer el uso de fondos, etc.;

(5) Aceptación de moneda, valores, comprobantes de pago y objetos de valor de unidades e individuos;

(6) Aprovecharse del poder y el estatus para buscar beneficios indebidos para cónyuges, hijos, parientes, amigos y personal a su alrededor, o la connivencia o el encubrimiento de cónyuges, hijos, parientes, amigos y personal a su alrededor violan disciplinas y leyes;

(7) Violan las regulaciones para prestar, asignar, emitir préstamos o proporcionar garantías para otros;

(8) Abuso de poder, descuidar los propios deberes, causar pérdidas al país, a la propiedad colectiva y a las vidas y propiedades de los ciudadanos;

(9) Aprovecharse de la propia autoridad para infringir sobre los derechos personales de los ciudadanos y los derechos democráticos;

(10) Aprovecharse de la propia autoridad para realizar otros actos ilícitos. Capítulo 3 Educación Artículo 10 Las agencias estatales, las empresas estatales, las instituciones públicas y las organizaciones populares proporcionarán educación ideológica y moral, educación sobre ética profesional, educación sobre métodos de prevención, educación sobre disciplina institucional y educación jurídica a los trabajadores estatales para mejorar su conciencia jurídica y conciencia de autodisciplina. Los funcionarios del Estado deberían recibir educación sobre la prevención de delitos profesionales.

Los departamentos de cultura, educación, prensa y publicaciones, radio y televisión, administración judicial y otros deben adoptar diversas formas para llevar a cabo publicidad y educación jurídica y promover que todos los sectores de la sociedad participen activamente en la prevención de los delitos profesionales. . Artículo 11 La educación para la prevención de delitos ocupacionales se adhiere a la combinación de educación integral y educación clave, enfocándose en fortalecer la educación en puestos de liderazgo, puestos clave, departamentos importantes e industrias clave.