Si no existe relación jurídica entre marido y mujer, pero alguien puede certificarla ante notario, si los bienes deben distribuirse,
Interpretación Judicial de la Ley de Matrimonio:
Artículo 5 Si un hombre y una mujer que no han registrado su matrimonio de conformidad con el artículo 8 de la Ley de Matrimonio, pero viven juntos como marido y mujer, esposa, presentar una demanda de divorcio en el Tribunal Popular, la distinción entre Tratamiento:
(1) Antes de la promulgación e implementación del "Reglamento de Gestión del Registro de Matrimonios" del Ministerio de Asuntos Civiles el 1 de febrero de 1994, si tanto hombres como mujeres cumplen las condiciones sustantivas para contraer matrimonio, serán tratados como un matrimonio de facto.
(2) Después de que el Ministerio de Asuntos Civiles promulgara e implementara el "Reglamento de Gestión del Registro de Matrimonios" en febrero de 1994, si tanto hombres como mujeres cumplen las condiciones necesarias para contraer matrimonio, el tribunal popular debe informarles que volver a registrar su matrimonio antes de aceptar el caso. Si solicita el registro de matrimonio, se considerará como si hubiera terminado su convivencia;
Algunas opiniones sobre la tramitación por el Tribunal Popular de casos de convivencia a nombre de marido y mujer sin registro de matrimonio.
10. Cuando se termina la relación de convivencia ilegal, los bienes adquiridos y adquiridos por ambas partes durante el período de convivencia se considerarán bienes ordinarios * * * los bienes donados voluntariamente por una de las partes a la otra. antes de que la convivencia pueda ser tratada como una relación de donación, los bienes solicitados por la otra parte pueden manejarse de acuerdo con el espíritu del artículo (112) de las Opiniones del Tribunal Popular Supremo (84) sobre varias cuestiones en la implementación de políticas civiles; y Leyes.
11. Cuando se termina la relación de convivencia ilegal, los créditos y deudas formados durante el período de convivencia pueden ser tratados como créditos y deudas * * *.