Si escribir una carta al Comité Político y Jurídico si no está satisfecho con la segunda instancia.
1. Las denuncias penales son presentadas por los imputados y víctimas de procesos civiles incidentales penales, los acusadores particulares en los casos originales, los imputados en los juicios originales, sus representantes legales y sus familiares cercanos.
2. Se podrá interponer recurso de apelación ante el Tribunal Popular de primera instancia o ante el Tribunal Popular de primera instancia, o ante el Tribunal Popular de primera instancia o ante la Fiscalía Popular de primera instancia. Al presentar una denuncia, la petición deberá presentarse por triplicado.
3. La denuncia debe indicar la información básica del denunciante, a saber, nombre, sexo, edad, etnia, lugar de origen, ocupación y dirección. Si el denunciante es un delincuente, se deberá indicar el lugar donde se encuentra detenido; si el denunciante es el defensor del imputado, un pariente cercano u otro ciudadano, se deberá indicar la información básica del imputado y su relación con el imputado.
Base legal: Artículo 593 de la “Ley de Procedimiento Penal de la Fiscalía Popular”. Si las partes, sus representantes legales y familiares cercanos creen que la sentencia o fallo penal jurídicamente válido del Tribunal Popular es efectivamente erróneo y presentan una denuncia ante la Fiscalía Popular, el departamento de denuncia penal de la Fiscalía Popular al mismo nivel que el Tribunal Popular que dictó la sentencia o fallo efectivo conocerá de ella conforme a derecho. Si las partes, sus representantes legales y familiares cercanos apelan directamente ante la Fiscalía Popular de nivel superior, la Fiscalía Popular de nivel superior podrá presentar el recurso ante la Fiscalía Popular del mismo nivel que el Tribunal Popular que dictó la sentencia efectiva. o sentencia si el caso es grave, difícil o complejo, la Fiscalía Popular de nivel superior podrá aceptar directamente. Si las partes, sus representantes legales y familiares cercanos interponen un recurso de apelación contra la sentencia o sentencia legalmente efectiva del Tribunal Popular, y si la Fiscalía Popular decide no protestar después de la revisión, la Fiscalía Popular del nivel inmediatamente superior aceptará la apelación. . Las apelaciones contra sentencias firmes y fallos de tribunales populares que aún no hayan ejecutado la pena de muerte serán tramitadas por el departamento de fiscalía penitenciaria.