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Cómo cobrar deudas por medios legales

Subjetividad jurídica:

Existen las siguientes formas de recuperar deudas por medios legales: 1. reconciliación. Se deben seguir los siguientes principios al resolver disputas de deuda mediante negociación: 1. Igualdad y voluntariedad 2. Respetar las leyes y regulaciones 3. No dañar los derechos e intereses legítimos del país, la sociedad y otros; En segundo lugar, el método de mediación. Si un acreedor no quiere dañar la paz y resolver rápidamente una disputa sobre deudas, puede presentar una solicitud por escrito de mediación al Comité Popular de Mediación local. En tercer lugar, el derecho de arbitraje. El arbitraje se combina con el arbitraje o adjudicación final. En comparación con el sistema de litigio de dos juicios, el arbitraje favorece más la resolución rápida de disputas entre las partes. Cuando una parte solicite arbitraje, deberá presentar el acuerdo de arbitraje, la solicitud y copias del mismo a la institución de arbitraje. La solicitud debe indicar en detalle el nombre, sexo, edad, ocupación y otros hechos y motivos de las partes involucradas. El arbitraje para resolver disputas sobre deudas es altamente confidencial y la mayoría de las partes no entablan una confrontación feroz. Además, el costo de presentar una solicitud de arbitraje es generalmente menor que el costo de presentar una demanda. Cuarto, el derecho procesal. El litigio por disputas de deudas es un tipo de litigio civil. Para algunos casos complejos que son difíciles de manejar o resolver de otras maneras para la otra parte, el acreedor puede optar por procedimientos litigiosos para resolverlos. 5. Aplicación de la Ley de Ordenes de Pago. Una vez que el tribunal popular acepta la solicitud, si los hechos y pruebas aportados por el acreedor son claros y legales, emitirá una orden de pago al deudor dentro de los 15 días siguientes a la fecha de aceptación. Si no se fundamenta la solicitud, se decidirá desestimarla. Si el deudor no cumple conscientemente sus obligaciones dentro del plazo especificado y no presenta ninguna objeción por escrito, el acreedor puede solicitar al Tribunal Popular la ejecución forzosa.

Objetividad jurídica:

El artículo 56 del "Código Civil" estipula que las deudas de los hogares industriales y comerciales individuales, si son explotados por particulares, correrán a cargo de las empresas familiares; bienes familiares propios; si no pueden distinguirse, correrán a cargo de los bienes familiares; Las deudas de los hogares contratistas rurales corren a cargo de la propiedad de los agricultores que participan en la gestión de contratos de tierras rurales; de hecho, si son administradas por algunos agricultores miembros, corren a cargo de las propiedades de esos miembros; Interpretación judicial de los intereses de la deuda durante el período de cumplimiento diferido Artículo 3: Los intereses de la deuda se duplicarán hasta la fecha en que el sujeto ejecutado complete el cumplimiento, si el sujeto ejecutado realiza el pago a plazos, se duplicará el interés de la deuda correspondiente; computarse hasta la fecha de finalización de cada actuación. Si el tribunal popular transfiere o retira los depósitos, rentas, dividendos, dividendos y demás bienes de la persona sujeta a ejecución, el interés sobre la porción duplicada de la deuda correspondiente se calculará a la fecha de la transferencia o retiro si el tribunal popular; subasta o vende los bienes de la persona sujeta a ejecución o cancela la deuda en especie, se computará a partir de la fecha en que entre en vigor la sentencia de transacción o la sentencia de liquidación si el tribunal popular cambia el valor de los bienes de la persona; sujeto a ejecución por otros medios, prevalecerá la fecha en que se complete el cambio de propiedad. Durante el período de suspensión o suspensión de ejecución de documentos jurídicos vigentes y el período de suspensión de ejecución durante el nuevo juicio, no se calcularán intereses sobre la doble porción de la deuda sin la solicitud del sujeto de ejecución.