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Disposiciones de la “Ley de No Persecución en Caso de Duda”

No se procesará si hay dudas, también conocido como no se procesará si no hay pruebas suficientes. La falta de procesamiento dudoso es una decisión adoptada por la fiscalía de no procesar casos en los que el órgano de la fiscalía todavía considera que las pruebas son insuficientes y no reúnen las condiciones para el procesamiento después de una investigación complementaria.

Análisis Legal

No se procesará si hay dudas, también conocido como no se procesará si no hay pruebas suficientes. No enjuiciar en caso de duda significa que si después de una investigación complementaria la fiscalía sigue considerando que las pruebas son insuficientes y no reúnen las condiciones para el procesamiento, puede tomar la decisión de no procesar. De acuerdo con el espíritu de las disposiciones legales pertinentes, la investigación complementaria del caso debe concluir en el plazo de un mes y se limita a dos veces. Por lo tanto, después de dos investigaciones complementarias, la Fiscalía Popular puede tomar la decisión de no procesar los casos en los que aún no se han determinado los hechos y las pruebas son insuficientes. Después de dos investigaciones complementarias, si el caso cumple una de las siguientes circunstancias y no se puede determinar que el sospechoso ha cometido un delito y necesita ser investigado por responsabilidad penal, las pruebas son insuficientes y no cumplen con las condiciones para el procesamiento. (1) Las pruebas sobre las que se decidió el caso son cuestionables y no pueden verificarse. (2) Los hechos constitutivos del delito carecen de las pruebas necesarias. (3) No se pueden excluir razonablemente contradicciones entre las pruebas. (4) La conclusión extraída de la evidencia tiene otras posibilidades que no pueden descartarse.

Base jurídica

Decisión del Congreso Nacional del Pueblo sobre la modificación de la "Ley de Procedimiento Penal de la República Popular China". Se modifica el artículo 140 por el artículo 171, y se modifica el primer párrafo para que diga: “La Fiscalía Popular, cuando conozca un caso, podrá solicitar al órgano de seguridad pública que proporcione los materiales probatorios necesarios para el juicio si considera que los hubiere; a En el caso de recopilación ilegal de pruebas según lo estipulado en el artículo 1, se podrá exigir a la persona que explique la legalidad de la recopilación de pruebas." El párrafo 4 se modifica para que diga: "Si la Fiscalía Popular aún considera que las pruebas son insuficientes y no reúne las condiciones para el procesamiento, tomará la decisión de no procesar.