Red de Respuestas Legales - Derecho de patentes - ¿Qué debo hacer si le pasa algo a la niñera contratada por mi familia?

¿Qué debo hacer si le pasa algo a la niñera contratada por mi familia?

Análisis legal: si la niñera pertenece a una empresa de limpieza, el empleador celebrará un contrato con la empresa de limpieza y aceptará al personal enviado por la empresa de limpieza para realizar el trabajo de niñera, y la empresa de limpieza asumirá la responsabilidad. Si usted resulta lesionado en un accidente de trabajo o en un accidente de tráfico en el camino a la casa de su empleador, o si no es el principal responsable de la lesión causada por un accidente de tránsito ferroviario urbano, ferry de pasajeros o tren, se le debe considerar lesionado. en el trabajo y cubiertos por el tratamiento del seguro de compensación para trabajadores. 2. Si la niñera es contratada por el propio empresario o presentada por un intermediario (incluida una empresa de limpieza), el empresario será responsable de la indemnización por lesiones accidentales en el trabajo. Entre ellos, si la niñera tiene la culpa, la responsabilidad puede reducirse; si ocurre un accidente en el camino a la casa del empleador, el empleador no será responsable y el autor del daño asumirá la responsabilidad de la compensación. Si no hay ningún infractor, el empleador, como beneficiario del trabajo de niñera, debe proporcionar las subvenciones adecuadas.

Base jurídica: “Interpretaciones del Tribunal Supremo Popular sobre Diversas Cuestiones Relativas a la Aplicación del Derecho en el Juicio de Casos de Indemnización por Daños Personales”.

Artículo 9 Si un trabajador causa daños a otros durante las actividades laborales, el empleador será responsable de la indemnización si un empleado causa daños a otros intencionalmente o con negligencia grave,

deberá contactar; el empleador asume la responsabilidad solidaria. Si el empleador es solidariamente responsable de la indemnización, podrá exigir una indemnización al empleado.

Artículo 11 Si un trabajador sufre daños personales durante las actividades laborales, el empleador será responsable de la indemnización. Si un tercero ajeno a la relación laboral causa daños personales a un trabajador, el titular del derecho a la indemnización podrá solicitar que el tercero asuma la responsabilidad de la indemnización o que el empleador asuma la responsabilidad de la indemnización. Una vez que el empleador asume la responsabilidad de la indemnización, podrá solicitar la indemnización al tercero.

Artículo 17 Si la víctima sufre daños personales, el obligado deberá compensar los gastos médicos, los gastos de trabajo perdido, los gastos de enfermería, los gastos de transporte, los gastos de alojamiento, los subsidios de alimentación de hospitalización y los gastos nutricionales necesarios por causa de la pérdida de trabajo. Gastos incluyendo ingresos reducidos. Si la víctima queda discapacitada debido a una lesión, el deudor de la indemnización también deberá compensar los gastos adicionales necesarios para la vida diaria y la pérdida de ingresos causada por la pérdida de capacidad para trabajar, incluida la compensación por discapacidad, las tarifas de los dispositivos de asistencia para la discapacidad, los gastos de manutención de los dependientes, y la pérdida de ingresos debido a la pérdida de la capacidad laboral. Gastos de rehabilitación necesarios, honorarios de enfermería y honorarios de tratamiento de seguimiento realmente incurridos para la atención de rehabilitación y el tratamiento continuo. Si la víctima fallece, además de los gastos pertinentes estipulados en el párrafo 1 de este artículo en función de las condiciones de rescate y tratamiento, el deudor de la indemnización también compensará los gastos funerarios, los gastos de manutención de las personas a su cargo, la indemnización por fallecimiento y los gastos de transporte y alojamiento. incurridos por los familiares de la víctima por gastos funerarios, tiempo perdido y otros gastos razonables.