Los riesgos laborales incluyen
1. Clasificación de las enfermedades profesionales Actualmente existen 10 categorías de enfermedades profesionales legales, 115. 1. Polvo: polvo de sílice, polvo de carbón, polvo de grafito, polvo de tinta de carbón, polvo de amianto, polvo de talco , polvo de cemento, polvo de mica, polvo de cerámica, polvo de aluminio, polvo de soldadura, polvo de fundición y otros polvos. 2. Sustancias radiactivas (radiación ionizante): enfermedad aguda por radiación externa, enfermedad subaguda por radiación externa, enfermedad crónica por radiación externa, enfermedad por radiación interna, enfermedad de la piel por radiación, cataratas por radiación, tumor por radiación, lesión ósea por radiación, enfermedad de la tiroides por radiación, lesión compuesta por radiación y otras lesiones por radiación que pueden diagnosticarse de acuerdo con los "Principios generales de diagnóstico de enfermedades por radiación". 3. Sustancias químicas: plomo, mercurio, manganeso, cadmio, zinc, talio, vanadio, fósforo, arsénico, arsina, cloro, dióxido de azufre, fosgeno, amoníaco, óxidos de nitrógeno, monóxido de carbono, disulfuro de carbono, sulfuro de hidrógeno, fosfina, flúor, compuestos de cianuro y nitrilo. Tetraetilo de plomo, organoestaño, carbonilo de níquel, benceno, tolueno, xileno, n-hexano, gasolina, monómeros de fluoropolímeros orgánicos y sus productos de pirólisis, dicloroetano, tetracloruro de carbono, cloruro de vinilo, tricloruro. Cloruro de vinilo, cloropreno y cloropreno, compuestos amino y nitro de benceno. , trinitrotolueno, metanol, fenol, pentaclorofenol, formaldehído, sulfato de dimetilo y propileno. De acuerdo con los estándares de diagnóstico y los principios de tratamiento para la enfermedad hepática tóxica ocupacional, los venenos químicos pueden conducir al diagnóstico de enfermedad hepática tóxica ocupacional; de acuerdo con los "Principios generales de las normas de diagnóstico y principios de tratamiento para la intoxicación aguda ocupacional", se pueden diagnosticar venenos químicos; como otras intoxicaciones agudas ocupacionales. 4. Factores físicos: alta temperatura, presión de aire anormal, vibración, radiación, microondas, alta frecuencia y otros factores físicos. 5. Factores biológicos: Bacillus anthracis, encefalopatía forestal, Brucella y otros factores biológicos. 6. Factores de daño cutáneo: factores de daño cutáneo que pueden provocar dermatitis de contacto, dermatitis alérgica, electrofotodermatitis, melanosis, acné, úlceras y otras enfermedades profesionales de la piel. 7. Factores de daño ocular: Factores de daño ocular que pueden provocar quemaduras químicas en los ojos, oftalmía electroóptica y cataratas ocupacionales. 8. Factores de daño otorrinolaringológico: factores nocivos laborales que pueden provocar sordera inducida por ruido y rinopatía por cromo. 9. Carcinógenos: asbesto, bencidina, benceno, éter clorometílico, arsénico, cloruro de vinilo y carcinógenos producidos por operaciones de hornos de coque y operaciones de fabricación de cromato. 10. Otros: Otros riesgos laborales que pueden provocar quemaduras químicas, fiebre por humos metálicos, asma laboral, alveolitis alérgica laboral, bisinosis, bursitis de los mineros del carbón, erosión dental, etc. 2. ¿Qué riesgos laborales hay que declarar?
Objetividad legal:
Artículo 42 de la "Ley de Contrato de Trabajo de la República Popular China"* * *Si un empleado tiene alguna de las siguientes circunstancias, el empleador no deberá Artículo 40 y 41 prevén la terminación del contrato de trabajo: (1) Los trabajadores que realizan operaciones expuestas a riesgos laborales no se someten a exámenes de salud ocupacional antes de abandonar sus puestos de trabajo, o los pacientes con sospecha de enfermedades profesionales se encuentran durante el período de diagnóstico u observación médica; (2) Sufrir enfermedades ocupacionales o lesiones relacionadas con el trabajo en la unidad y haber perdido o perdido parcialmente la capacidad para trabajar (3) Enfermedad o lesiones no relacionadas con el trabajo dentro del período médico prescrito; durante el embarazo, parto y lactancia; (5) Haber trabajado en la unidad durante quince años consecutivos y estar a menos de cinco años de la edad legal de jubilación; (6) Otras circunstancias previstas por las leyes y reglamentos administrativos;