Reglamento de protección de menores de la provincia de Shanxi
A la hora de llevar a cabo la protección de los menores, debemos atenernos a los principios de respeto a la dignidad personal de los menores, combinando la protección con la educación, y adaptándonos a las leyes y características del desarrollo físico y psíquico de los menores, y adoptar medidas especiales de protección y protección prioritaria. Artículo 4 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior fortalecerán el liderazgo en la protección de menores, formularán planes de desarrollo para menores, estudiarán y resolverán las principales cuestiones pendientes en la protección de menores y utilizarán la protección de menores como contenido de evaluación del trabajo gubernamental.
Los gobiernos populares a nivel de condado o superior deben incorporar la protección de los menores en los planes nacionales de desarrollo económico y social y en los planes anuales de su región, e incluir fondos para salvaguardar los derechos e intereses legítimos de los menores en sus presupuestos fiscales. .
Los departamentos pertinentes de los gobiernos populares a nivel de condado o superior, así como organizaciones como la Liga de la Juventud Comunista, la Federación de Mujeres, sindicatos y asociaciones de ciencia y tecnología, deberían hacer un buen trabajo para proteger menores de edad de acuerdo con sus respectivas responsabilidades. Artículo 5 El gobierno popular a nivel de condado o superior establecerá un comité de protección de menores, y su director será la persona a cargo del gobierno popular del mismo nivel y la organización de trabajo estará ubicada en el Comité de la Liga Juvenil de * *; * y estar equipado con el personal necesario.
Las funciones del Comité de Protección al Menor son:
(1) Promover leyes y reglamentos en materia de protección de menores, y supervisar e inspeccionar su implementación;
(2) ) Investigar y resolver problemas en la protección de menores, organizar investigaciones y estudios sobre cuestiones importantes relacionadas con la protección de menores y brindar opiniones y sugerencias al gobierno popular del mismo nivel y a los departamentos pertinentes;
(3) Organización Coordinar los departamentos pertinentes y otras unidades para proteger a los menores y orientar a otras organizaciones de protección de menores para que lleven a cabo su trabajo;
(4) Aceptar quejas, acusaciones e informes que infrinjan los derechos derechos e intereses legítimos de los menores, y supervisar la investigación y el manejo del Departamento correspondiente, y coordinar los departamentos pertinentes para brindar asistencia legal a los menores que han sido violados;
(5) Otros deberes estipulados en las leyes y reglamentos. Artículo 6 El gobierno popular del municipio (ciudad) estará equipado con personal a tiempo completo o parcial, y el comité de la aldea (vecindario) designará una persona dedicada que será específicamente responsable de la protección de los menores. Capítulo 2 Protección familiar Artículo 7 Los padres u otros tutores deberán cumplir las siguientes obligaciones:
Proteger los derechos personales y de propiedad de los menores contra infracciones;
(2) Para los menores Proporcionar la vida necesaria, condiciones médicas y de aprendizaje, y proteger la salud física y mental de los menores;
(3) Educar y orientar a los menores para que desarrollen buenos hábitos ideológicos, morales y de comportamiento, y mejorar su conciencia de autoprotección <; /p>
(4) Fomentar y apoyar a los menores para que participen en tareas domésticas, actividades de bienestar social y actividades culturales y sociales saludables adecuadas a su edad.
(5) Comprender las características de los menores, sus condiciones psicológicas y hábitos de conducta, y prevenir y frenar malas conductas como fumar, beber, ausentismo escolar, adicción a Internet, etc.;
(6) Otras obligaciones que establezcan las leyes y reglamentos. Artículo 8 Si los padres no pueden desempeñar sus deberes de tutela, deben confiar a otros adultos con capacidad de tutela para que los cuiden en su nombre y notificar de inmediato al comité de la aldea (vecindario) y a la escuela donde vive el menor. El artículo 9 prohíbe a los padres u otros tutores cometer los siguientes actos:
(1) Instigar, engañar o coaccionar a menores para que cometan delitos;
Castigo corporativo, abuso o abandono de menores ;
(3) Celebrar un contrato matrimonial para un menor o permitir u obligar a un menor a vivir con otros;
Permitir u obligar a un menor que recibe educación obligatoria a abandonar la escuela ;
(5) Permitir u obligar a menores de 16 años a trabajar;
Complacer u obligar a menores a pasar la noche;
(7) No cumplir cumplir obligaciones Las obligaciones de tutela y manutención de los menores, y otras conductas que atenten contra los derechos e intereses legítimos de los menores o afecten al sano crecimiento de los menores. Capítulo 3 Protección Escolar Artículo 10 Las escuelas respetarán los derechos de los menores a recibir educación obligatoria, y no violarán las leyes y reglamentos nacionales al negarse a aceptar menores en edad escolar dentro del distrito escolar, ordenarles suspender clases, transferirlos a otra escuela, abandonar la escuela o expulsarlos.
Cuando una escuela sancione a un estudiante menor de edad, deberá escuchar la defensa del estudiante menor, sus padres u otros tutores, y brindar una respuesta oportuna. Artículo 11 Las escuelas brindarán educación sobre el patriotismo, la ideología y la moral, la cultura tradicional, el sistema jurídico y las ciencias populares a los estudiantes menores de edad e incorporarlas a los planes de enseñanza escolar.
Las escuelas deben llevar a cabo asesoramiento y consultas de salud mental basadas en las características de desarrollo fisiológico y psicológico de los estudiantes menores de edad, y brindar educación adolescente en fisiología sexual, psicología sexual y moralidad sexual a los estudiantes menores de edad que han entrado en la pubertad.
El colegio contratará consejeros dentro y fuera del colegio para educar a los alumnos menores de edad especificados en los dos párrafos anteriores. Artículo 12 Las escuelas deben popularizar el conocimiento sobre seguridad humana y el conocimiento sobre cómo responder a emergencias e infracciones ilegales a estudiantes menores de edad, enseñar los métodos correctos para ayudar a otros y formular políticas para terremotos, incendios, inundaciones, deslizamientos de tierra, enfermedades infecciosas, intoxicaciones alimentarias y lesiones accidentales. y otros planes de emergencia, y organizar periódicamente a los estudiantes menores de edad para que realicen simulacros de fuga y autorrescate para mejorar sus capacidades de autoprotección.