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Disposiciones legales pertinentes sobre la prenda de certificados de depósito personal

Análisis jurídico: La prenda de certificados de depósito pertenece a la prenda de derechos. Para conocer las disposiciones legales pertinentes, consulte el "Código Civil de la República Popular China". La prenda del certificado de depósito se constituye cuando el certificado de derechos es entregado al acreedor prendario. Si la fecha de reembolso del certificado de depósito vence antes que el derecho del acreedor principal, el acreedor prendario puede cobrarlo y acordar con el pignorante pagar la deuda por adelantado.

Base jurídica: “Código Civil de la República Popular China”

Artículo 440 Se podrán pignorar los siguientes derechos que el deudor o un tercero tenga derecho a disponer:

(1) Giros postales, cheques de caja y cheques.

(2) Bonos y certificados de depósito.

(3) Recibos de almacén y conocimientos de embarque;

(4) Acciones y capital de fondos transferibles;

(5) Derechos exclusivos transferibles sobre marcas registradas. derechos de patente, derechos de autor y otros derechos de propiedad intelectual;

(6) Cuentas por cobrar existentes y futuras;

(7) Otros derechos de propiedad que pueden pignorarse de acuerdo con las leyes y regulaciones administrativas.

Artículo 441: Cuando se pignore letra de cambio, cheque de caja, cheque, fianza, recibo de depósito, recibo de almacén o conocimiento de embarque, el derecho a prenda se establecerá cuando se entregue el certificado de título a el acreedor. Si no existe certificado de derechos, la prenda se constituirá al registrar la prenda. Si la ley dispusiera lo contrario, prevalecerán tales disposiciones.

Artículo 442 Si la fecha de rescate o de entrega de una letra de cambio, pagaré, cheque, fianza, recibo de depósito, recibo de almacén o conocimiento de embarque es anterior a la fecha de vencimiento del derecho del acreedor principal, el acreedor prendario podrá adelantar la fecha de rescate Redimir o entregar los bienes, y acordar con el pignorante cancelar anticipadamente la deuda o depositar los bienes rescatados.