Si proporciono materiales para que otros los diseñen, ¿los derechos de autor me pertenecen?
¡Hola! Si es un trabajo colaborativo, los derechos de autor pertenecen a ambas partes. Si se trata de una obra por encargo, depende de si las dos partes han acordado la propiedad de los derechos de autor. Si no hay acuerdo, los derechos de autor pertenecen a la parte encargada.
Artículo 13 de la "Ley de Derecho de Autor": Para las obras creadas conjuntamente por dos o más personas, el derecho de autor será disfrutado conjuntamente por los coautores ***. Las personas que no participaron en la creación no pueden convertirse en coautores.
Si el trabajo colaborativo se puede dividir y utilizar, los autores pueden disfrutar de derechos de autor separados para las partes que crearon, pero no se deben infringir los derechos de autor de todo el trabajo colaborativo al ejercer los derechos de autor.
Artículo 17: La propiedad de los derechos de autor de una obra encargada será pactada entre el cliente y el fiduciario mediante contrato. Si no hay acuerdo expreso en el contrato o no se ha celebrado ningún contrato, los derechos de autor pertenecen al fiduciario.
Si se puede proporcionar información más detallada, se podrá brindar un asesoramiento legal más preciso.