Red de Respuestas Legales - Derecho de patentes - ¿Qué incluye el derecho a licitar? ¿Cuáles son los métodos de calibración?

¿Qué incluye el derecho a licitar? ¿Cuáles son los métodos de calibración?

Desde la revisión del artículo 55 de la Ley de Licitaciones y Licitaciones, el alcance de los derechos de licitación ha estado recibiendo amplia atención y acalorados debates. En las licitaciones, desde la preparación de los documentos de licitación hasta la selección de expertos en evaluación de ofertas y la organización de la reunión de apertura de ofertas, el postor siempre ha ocupado una posición dominante. ¿Qué incluye el derecho a licitar? ¿Cuáles son los métodos de calibración? ¡Echemos un vistazo al editor!

1. El derecho a formular normas de evaluación de ofertas

El artículo 19 de la "Ley de Licitaciones y Licitaciones" estipula: "El licitador deberá preparar los documentos de licitación con base en las características y necesidades de la licitación". proyecto de licitación. Los documentos de licitación incluirán todos los requisitos y condiciones sustanciales, como los requisitos técnicos del proyecto de licitación, los estándares de revisión de calificación del postor, los requisitos de cotización de ofertas y los estándares de evaluación de ofertas, y los términos principales del contrato que se firmará "Artículo 28. de la Orden N° 30 de los Siete Ministerios y Comisiones estipula: "Documentos de licitación. Todos los factores de evaluación de ofertas distintos del precio deben definirse claramente y cómo estos factores deben cuantificarse o evaluarse en consecuencia".

Ambos La Ley y Orden de Licitaciones N° 30 de los Siete Ministerios y Comisiones facultan claramente al licitador para preparar documentos, formular normas de revisión de las calificaciones de los licitadores, determinar los métodos y normas de evaluación de las ofertas y otros contenidos sustantivos. Todos estos contenidos entran en la categoría de "criterios y métodos para seleccionar al postor ganador". Por lo tanto, los criterios de selección del adjudicatario los fija el licitador.

El licitador tiene derecho a establecer los criterios para seleccionar al postor ganador, que es la base para ejercer el derecho a licitar y uno de los derechos más básicos del derecho a licitar.

2. El derecho a contratar expertos

El artículo 37 de la "Ley de Licitaciones y Licitaciones" estipula: "La evaluación de las ofertas será realizada por el comité de evaluación de ofertas establecido por el postor en de conformidad con la ley." Siete Ministerios y Comisiones 12 El artículo 8 de la Orden "Disposiciones provisionales sobre los comités y métodos de evaluación de ofertas" estipula: "El comité de evaluación de ofertas será establecido por el licitador".

Según las disposiciones pertinentes de las normas legales, el licitador tiene sin duda el derecho de seleccionar y nombrar expertos en evaluación de ofertas. Por supuesto, el uso de los derechos laborales no es arbitrario y debe cumplir con las normas legales pertinentes.

En la práctica, la composición de los miembros del jurado generalmente la propone el licitador, la presenta a los departamentos pertinentes para su revisión y, finalmente, la selecciona de la base de datos de expertos correspondiente.

El derecho a seleccionar expertos en evaluación de ofertas también es un derecho básico en el derecho de evaluación de ofertas.

3. Derecho a saber

El artículo 40 de la "Ley de Licitaciones y Licitaciones" estipula: "... Una vez finalizada la evaluación de las ofertas, el comité de evaluación de las ofertas deberá presentar un escrito informe de evaluación de la oferta al licitador, y recomendar candidatos calificados ganadores de la oferta "El artículo 42 de las" Disposiciones provisionales sobre el Comité de evaluación de ofertas y los métodos de evaluación de ofertas "No. 12 de los Siete Ministerios y Comisiones estipula:" Después de que se realice la evaluación de las ofertas. Una vez completado, el comité de evaluación de la oferta presentará un informe de evaluación de la oferta por escrito al licitador y enviará una copia al departamento de supervisión administrativa correspondiente ".

Se puede ver que el licitador tiene derecho a conocer el. resultados de la evaluación de ofertas. Las regulaciones legales estipulan que el comité de evaluación debe presentar un informe de evaluación de la oferta al postor al completar la evaluación de la oferta para proteger el derecho del postor a saber.

4. Derecho a participar

El artículo 37 de la “Ley de Licitaciones y Licitaciones” estipula: “…el comité de evaluación de ofertas para proyectos que conforme a ley requieran licitación estará integrado por representantes del postor y expertos técnicos y económicos pertinentes.” El artículo 9 de las "Disposiciones provisionales sobre el comité de evaluación de ofertas y los métodos de evaluación de ofertas" (Nº 12) emitidas por siete ministerios y comisiones estipula: "El comité de evaluación de ofertas estará compuesto por representantes familiarizados con las empresas pertinentes y expertos en los aspectos técnicos, económicos y otros aspectos."

Las leyes y regulaciones pertinentes otorgan claramente a los postores el derecho a participar en la evaluación de las ofertas.

5. Derechos de supervisión

El artículo 56 de la Orden N° 30 de los Siete Ministerios y Comisiones estipula: "Una vez finalizada la evaluación de las ofertas, el comité de evaluación de las ofertas presentará una oferta por escrito. informe de evaluación al licitador." Esta disposición también es una prueba contundente de que "el comité de evaluación de ofertas es responsable ante el postor".

Basado en la opinión de que "el comité de evaluación de ofertas es responsable ante el licitador", el licitador tiene derecho a supervisar si el comité de evaluación de ofertas ha desempeñado sus deberes y obligaciones de manera justa y objetiva.

6. Poder de veto

El poder de veto es una extensión del poder de supervisión.

Una vez que el comité de evaluación de ofertas no cumpla con sus obligaciones de manera objetiva e imparcial, afectando el normal desarrollo de los procedimientos y resultados de evaluación de ofertas, o la evaluación de ofertas sea inválida, el licitador podrá ejercer el derecho de veto. El artículo 79 de la Orden N° 30 de los Siete Ministerios y Comisiones y el artículo 57 de la Orden N° 27 de los Siete Ministerios y Comisiones enumeran que cuando el comité de evaluación de ofertas no pueda desempeñar sus funciones de manera objetiva e imparcial y afecte los resultados de la evaluación de las ofertas, el licitador y el organismo supervisor podrá rechazar la oferta de conformidad con lo dispuesto en este artículo. Los resultados del trabajo del comité de evaluación requerirán que el comité de evaluación vuelva a evaluar la oferta, o el licitador podrá optar por volver a invitar a presentar ofertas. Pide a los jueces que lo revisen nuevamente.

7. Opción [Cálculo]

El uso de la opción se basa en la objetividad y equidad del trabajo del jurado.

"Opciones restringidas" se refiere a: "Para proyectos que requieren licitación de acuerdo con la ley, el licitador determinará como el postor ganador al candidato ganador en primer lugar".

"Libertad de elección relativa" significa que el licitador tiene una libertad de elección relativamente mayor para proyectos de licitación no reglamentarios. Incluso si el licitador no selecciona al candidato clasificado en primer lugar como licitador, el sistema legal de licitación no interferirá con el licitador. Pero también existe la premisa de que la "relativa libertad de elección" del licitador está limitada y restringida por sus propios documentos de licitación.

8. El derecho a emitir un aviso de adjudicación de la oferta

El artículo 45 de la "Ley de Licitaciones y Licitaciones" estipula: "Una vez determinado el postor ganador, el licitador emitirá un aviso de adjudicación de la oferta al adjudicatario, y notificará al mismo tiempo a todos los adjudicatarios ". El artículo 56 de la Orden N° 30 de los Siete Ministerios y Comisiones establece: "El aviso de adjudicación de la oferta será emitido por el licitador.

"El artículo 49 de la Orden N° 12 de los Siete Ministerios y Comisiones estipula que "Una vez determinado el postor ganador, el licitador enviará un aviso de adjudicación de la oferta al postor ganador, notificará al postor no seleccionado al mismo tiempo y firmará un contrato. con el postor ganador dentro de los 30 días hábiles. "De las disposiciones anteriores se desprende que sólo el licitador tiene derecho a emitir un aviso de adjudicación de la oferta.

¿Cuáles son los métodos de calibración?

El número de candidatos ganadores recomendados por el comité de evaluación de ofertas es de uno a tres (Nota: Generalmente, solo se recomienda un candidato ganador para proyectos de ciencia y tecnología y proyectos de investigación científica), y debe organizarse en orden, para los proyectos de adquisiciones legales, el licitador determinará el primer clasificado. candidato como el postor ganador si el primer postor seleccionado abandona la oferta y no puede ejecutar el contrato debido a fuerza mayor, o los documentos de licitación estipulan que se debe presentar una garantía de cumplimiento dentro del período especificado, el licitador puede determinar el segundo. El adjudicatario será el adjudicatario. Si un candidato no puede firmar un contrato por los motivos anteriores, el licitador podrá determinar al tercer candidato ganador como adjudicatario.

Independientemente del método de licitación, el modo de licitación. y método de evaluación de ofertas utilizado, para proyectos de adquisiciones reglamentarias (de acuerdo con los Proyectos que requieren licitación y adquisiciones de acuerdo con la Ley de Contratación Pública o la Ley de Licitaciones y Licitaciones y sus leyes y regulaciones de apoyo),

El licitador deberá no determinará el postor ganador excepto los candidatos recomendados por el comité de evaluación de ofertas de conformidad con la ley, ni determinará el postor ganador en todas las ofertas. Si la oferta es rechazada por el comité de evaluación de ofertas, el postor ganador será determinado por.

De lo contrario, la oferta será inválida y el licitador la tratará en consecuencia. Si el proyecto adopta licitación pública o licitación por invitación, será recomendado por el comité de evaluación de ofertas de acuerdo con la ley. Si se determina que el postor ganador es distinto de los candidatos ganadores, el licitador también asumirá la responsabilidad legal.

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