Red de Respuestas Legales - Derecho de patentes - Reglas para la discusión de casos en el comité de revisión

Reglas para la discusión de casos en el comité de revisión

Análisis jurídico: El comité de auditoría sólo discute la aplicación jurídica del caso. La discusión del caso en el comité de auditoría ha sido amplia y abarcó casi todo. De hecho, el comité judicial no debe discutir todo el caso, sino sólo la aplicación de la ley cuando el panel colegiado tiene opiniones diferentes. El panel colegiado debe asumir la responsabilidad de los hechos y pruebas identificados por el panel colegiado durante el juicio. Es una pérdida de tiempo que el comité de primera instancia debata interminablemente sobre los hechos del caso porque no tiene ninguna función de prueba y no tiene derecho a expresar una opinión sobre los hechos. La participación del comité judicial en los hechos del caso violó el principio de expresión directa, lo que dio lugar a la división de responsabilidades entre el comité judicial y el panel colegiado. "Todos son responsables, lo que significa que nadie es responsable". Si se produce una condena injusta, no se puede responsabilizar a la persona responsable, lo que conducirá más fácilmente a la corrupción judicial.

Base jurídica: Artículo 37 de la "Ley Orgánica de los Tribunales Populares de la República Popular China". El comité judicial desempeña las siguientes funciones:

(1) Resumir el trabajo del juicio. experiencia;

(2) Discutir y decidir sobre la aplicación de la ley en casos importantes, difíciles y complejos;

(3) Discutir y decidir si sentencias, fallos y documentos de mediación que hayan adquirido fuerza legal deben ser juzgados nuevamente;

(4) Discutir y decidir otros asuntos importantes relacionados con el trabajo del juicio.

La interpretación del Tribunal Popular Supremo de la aplicación específica de las leyes en el trabajo procesal será discutida y adoptada por la reunión plenaria del Comité Judicial; la emisión de casos rectores podrá ser discutida y aprobada por la reunión del comité profesional; del Comité Judicial.