¿Tengo que pagar impuesto de timbre para extender el contrato?
Subjetividad jurídica:
Los contratos de compraventa están sujetos al impuesto de timbre. El impuesto de timbre es un impuesto que grava los documentos económicos sujetos a impuestos “establecidos, recaudados y utilizados” en actividades económicas e intercambios económicos. Según las normas pertinentes, el impuesto de timbre se exige para la compra y venta, la tramitación de contratos, la contratación de proyectos de construcción, el arrendamiento de propiedades, el transporte de carga, el almacenamiento, los préstamos, los seguros de propiedad, los contratos técnicos o los documentos de naturaleza contractual.