¿Cuál es el sistema de supervisión para la implementación de la constitución y las leyes?
Las principales características del sistema de supervisión constitucional de China
1. Desde la perspectiva de las instituciones de supervisión constitucional, la supervisión constitucional de mi país pertenece al sistema de supervisión de los órganos representativos.
1) Según las disposiciones de la constitución actual, el poder de supervisión constitucional de mi país pertenece al Congreso Nacional del Pueblo y su Comité Permanente. Esto demuestra que la agencia de supervisión constitucional de nuestro país es un órgano representativo, es decir, el máximo órgano del poder estatal.
2) Al mismo tiempo, los comités especiales del Congreso Nacional del Pueblo están obligados a ayudar al Congreso Nacional del Pueblo y a su Comité Permanente a llevar a cabo la supervisión constitucional.
3) Enfatizar el papel de las asambleas populares locales y sus comités permanentes en la supervisión constitucional.
2. Desde la perspectiva del método de revisión constitucional, la supervisión constitucional de mi país adopta una combinación de antes y después del juicio.
1) El sumario debe realizar los trámites de presentación y aprobación de las normas locales pertinentes, y no se aprobarán las normas locales que violen las disposiciones de la Constitución;
2) El desempeño después del juicio es el siguiente:
p>El Congreso Nacional del Pueblo tiene el poder de revocar la legislación del Comité Permanente de la APN que viole las disposiciones de la Constitución;
( 2) El Comité Permanente de la APN tiene el poder de revocar las regulaciones administrativas promulgadas por el Consejo de Estado que violan las disposiciones de la Constitución;
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(3) El Comité Permanente de la APN tiene el poder de revocar las regulaciones locales promulgadas por los congresos populares locales en todos los niveles y sus comités permanentes.
3. Desde la perspectiva de las sanciones inconstitucionales, las medidas tomadas por la supervisión constitucional de mi país son:
1) revocar las leyes inconstitucionales
2) desaprobar las violaciones; Ley de la Constitución;
3) Destituir a los responsables de violar la Constitución;
4) Instruir a los órganos inconstitucionales para que corrijan los actos inconstitucionales.