En los casos de matrimonio, ¿qué se consideran las partes?
Análisis jurídico
El autorreconocimiento es un sistema importante en los litigios civiles y ha sido ampliamente utilizado por países de todo el mundo durante mucho tiempo. El artículo 8(1) de las "Reglas de Prueba" establece formalmente el sistema de autoadmisión de litigios, que es la encarnación específica del "sistema de confrontación" en las Reglas de Prueba.
Desde la perspectiva del sujeto autoidentificado. Las partes son sujetos autoidentificados. Sin embargo, tratándose de personas sin capacidad para la conducta civil o con capacidad limitada para la conducta civil, el reconocimiento en litigio deberá ser realizado por sus representantes legales. El reconocimiento de la organización de que se trate deberá realizarse por su representante legal. Respecto del agente encargado en el litigio, el artículo 8, párrafo 3, de las "Disposiciones sobre Pruebas" le impone restricciones, es decir, se requiere una autorización especial de la persona. Algunos estudiosos creen que el autorreconocimiento no requiere una autorización especial.
El objeto de la confianza en uno mismo sólo pueden ser los hechos, los hechos específicos reclamados por la otra parte. En cuanto a si es "desfavorable para uno mismo", las normas sobre pruebas no hacen ninguna distinción. Algunas personas creen que las partes también pueden hacer confesiones sobre hechos que les resultan beneficiosos en el litigio. El autor cree que "ser bueno consigo mismo" significa "ser malo con la otra parte" desde su lógica interna. La afirmación de que la otra parte es "buena consigo mismo" es en realidad un reconocimiento de que uno no lo es. bueno consigo mismo. Reconocer este hecho en realidad no dará lugar a disputas sobre intereses litigiosos y no habrá ningún problema sobre la distribución de la carga de la prueba entre las partes. Por tanto, el autor cree que el objeto de la autoidentificación sólo debe entenderse como un hecho “desfavorable para uno mismo”.
El artículo 8 del “Reglamento de Pruebas” establece claramente que la autoadmisión debe estar en proceso de litigio. Sin embargo, el "Reglamento de Pruebas" no aclara qué vínculos incluye el proceso de litigio. El autor considera que el plazo de admisión debe fijarse antes de que finalice el debate judicial, y puede ampliarse adecuadamente hasta la fase de declaración final de las partes tras el sumario del juicio. En principio, a las partes no se les permitirá ingresar al tribunal después de la deliberación y antes de que se pronuncie el veredicto, de lo contrario causará un gran daño al orden normal del tribunal y a la seriedad de la ley.
En términos generales, el efecto jurídico de la autoadmisión es: Por un lado, debido a que el autor de la autoadmisión admite los hechos que afirma, el efecto jurídico directo es evitar declarar. Por otra parte, el hecho de que las partes interesadas sigan haciendo las correspondientes confesiones a pesar de saber que un determinado hecho les es desfavorable significa que deben tener confianza en que el hecho es cierto.
El tribunal debe respetar la elección de la parte confesada como base para el juicio, y no es necesario realizar verificaciones adicionales, y mucho menos realizar conclusiones fácticas contrarias a los hechos confesados.
Técnicas
Debe excluirse la confesión de sí mismo en las siguientes circunstancias:
1. Comportamiento que vaya en contra de la voluntad del interesado. Específicamente, una confesión que sea inconsistente con los hechos y hecha bajo coacción o por un malentendido grave sólo puede ser retirada por la parte que hace la confesión.
2. Las confesiones hechas por personas sin capacidad para la conducta civil o por personas con capacidad limitada para la conducta civil sólo podrán ser ejecutadas por sus representantes legales.
3. Autoconfianza de perjudicar maliciosamente los intereses del país y los intereses de terceros. El tercero debe tener derecho a revocar la "autoadmisión" después de conocer la infracción. Esta ley debe ser clara.
4. Implica la identificación de relaciones identitarias.
5. El tribunal recogerá los hechos comprendidos en el ámbito de la prueba de acuerdo con sus facultades y los hechos que no necesiten ser probados según el artículo 9 del "Reglamento de Prueba". Además, las "concesiones" en la reconciliación y la mediación no deben considerarse admisiones.
——Citado de "Master of Laws" de la Editorial del Pueblo Yanbian