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¿Tiene el nieto la obligación de mantener a la abuela?

Los nietos no tienen obligación legal de mantener a la abuela, pero si los padres mueren o no pueden mantener a la abuela, y los nietos sí pueden, entonces los nietos definitivamente pueden mantener a la abuela.

Según las virtudes tradicionales de la nación china, dado que un nieto puede heredar la herencia de sus padres, también puede heredar las responsabilidades y obligaciones de sus padres, por lo que cabe decir que tiene la obligación de sustentar. su abuela. La abuela ya es muy desgraciada, así que como nietos, ¡asumamos esta obligación! Según el artículo 1074 del Código Civil: "Los abuelos que puedan permitírselo tienen la obligación de sustentar a sus nietos menores cuyos padres hayan fallecido o cuyos padres no puedan sustentarlos.

Nietos y nietos que puedan permitírselo Abuelos que tienen la obligación de sustentar a sus hijos fallecidos o cuyos hijos no pueden sustentarlos “En otras palabras, las obligaciones alimentarias de los abuelos las soportan sus hijos, no sus nietos. Sin embargo, si los hijos mueren antes que los antepasados, o si los hijos no pueden proporcionar manutención, los nietos tendrán que asumir las obligaciones de manutención de los antepasados.

Los nietos generalmente no tienen la obligación de mantener a sus antepasados. Sin embargo, en circunstancias especiales previstas por la ley, los nietos deben asumir obligaciones alimentarias. Los abuelos que pueden permitírselo están obligados a mantener a los nietos menores cuyos padres han fallecido o cuyos padres no pueden mantenerlos. Los nietos que pueden permitírselo están obligados a mantener a los abuelos cuyos hijos han fallecido o que no pueden mantenerlos.

Base jurídica: El artículo 1074 del Código Civil de la República Popular China estipula que los abuelos que puedan permitírselo tienen la obligación de sustentar a los nietos menores cuyos padres hayan fallecido o cuyos padres no puedan sustentarlos. Los nietos y nietos maternos que puedan permitírselo están obligados a mantener a los abuelos cuyos hijos hayan fallecido o cuyos hijos no puedan mantenerlos.