¿Es válido el certificado emitido por el órgano de seguridad pública si no está firmado por el agente? ¿Qué ley prevé la firma de un apoderado?
Los certificados emitidos por los órganos de seguridad pública no son válidos sin la firma de un agente.
Siempre que el certificado emitido por el órgano de seguridad pública contenga cuestiones de certificación y esté sellado con el sello administrativo del órgano de seguridad pública, es jurídicamente vinculante y no requiere la firma de un agente.
Generalmente, cuando se requiere la firma del responsable, existen requisitos específicos a la hora de firmar un contrato.