¿Es legal que la empresa suspenda verbalmente mi trabajo sin paga?
Si se produce un conflicto laboral entre un trabajador y un empleador, el trabajador puede quejarse ante el departamento de inspección laboral donde se encuentra el empleador, o solicitar arbitraje laboral ante el comité de arbitraje de conflictos laborales donde se encuentra el empleador. .
El empleador suele rescindir el contrato de trabajo en las siguientes situaciones:
1. El empleador termina la relación laboral con el empleado sin motivos legales, y el empleado no tiene el derecho "laboral". Ley de Contratos" Las circunstancias especificadas en el artículo 39. La conducta del empleador constituye terminación ilegal del contrato de trabajo según lo estipula el artículo 87 de la Ley de Contrato de Trabajo, y deberá indemnizar, es decir, pagará dos meses de salario por cada año de trabajo;
2 El empleador deberá pagar una compensación económica, si la terminación de la relación laboral con un trabajador se ajusta a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley de Contrato de Trabajo, es decir, un mes de salario por cada año de servicio, de conformidad con el artículo 40; de la Ley de Contrato de Trabajo, si no se realiza ningún anticipo 1 Si al trabajador se le avisa con tres meses de antelación, se le pagará un mes de salario en lugar del preaviso;
3. 39 de la "Ley de Contrato de Trabajo". Si el empleador se propone poner fin a la relación laboral, no necesita pagar ninguna compensación económica ni avisar con antelación. El empleador debe presentar pruebas y notificar al empleado por escrito la terminación de la relación laboral.
Leyes y normas pertinentes:
Ley de Contrato de Trabajo
Artículo 39 El empleador podrá rescindir el contrato de trabajo bajo cualquiera de las siguientes circunstancias:
(1) Durante el período de prueba, se demuestra que no cumple con las condiciones laborales;
(2) Violación grave de las normas y reglamentos del empleador;
(3) Incumplimiento grave del deber, incurrir en negligencia para beneficio personal, causando daño importante al empleador;
(4) El empleado establece relaciones laborales con otros empleadores al mismo tiempo, lo que tiene un grave impacto en la realización de las tareas laborales del empleador, o el empleado se niega a aceptar la solicitud del empleador Corrección
(5) El contrato de trabajo es inválido debido a las circunstancias estipuladas en el artículo 26, párrafo 1; Artículo 1 de esta Ley;
(6) Ser investigado para la persecución penal conforme a la ley. Responsable.
Artículo 40 En cualquiera de las siguientes circunstancias, el empleador podrá rescindir el contrato de trabajo previa notificación escrita al trabajador con 30 días de antelación o pagando al trabajador un mes adicional de salario:
( 1) El empleado está enfermo o lesionado no debido al trabajo, y después de que expira el período de tratamiento médico prescrito, no puede realizar el trabajo original u otros trabajos organizados por el empleador;
(2) Obreros El empleado es incompetente para el trabajo y permanece incompetente después de la capacitación o ajuste laboral;
(3) Las circunstancias objetivas en las que se celebró el contrato de trabajo han sufrido cambios significativos, lo que resulta en la incapacidad de cumplir el contrato de trabajo. Los trabajadores no pueden llegar a un acuerdo sobre la modificación del contenido del contrato laboral mediante negociación.
Artículo 46 Si concurre alguna de las siguientes circunstancias, el empleador deberá pagar una compensación económica al trabajador:
(1) El trabajador deberá pagar una compensación de conformidad con el artículo 38 de esta Ley Prever la terminación del contrato de trabajo;
(2) El empleador propone rescindir el contrato de trabajo con el empleado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 de esta Ley, y negocia con el empleado para rescindir el contrato de trabajo;
(3) El empleador rescinde el contrato de trabajo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 de esta Ley;
(4) El empleador rescinde el contrato de trabajo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41, párrafo 1 de este Contrato Ley;
(5) A menos que el empleador mantenga o renueve el contrato de trabajo mejorando las condiciones pactadas en el contrato de trabajo, y el empleado no esté de acuerdo con las renovación, de conformidad con el artículo 44, párrafo 1 de esta Ley, Disposiciones para la terminación de los contratos de trabajo de duración determinada;
(6) Terminación de los contratos de trabajo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44, incisos 4 y 5 de esta Ley;
(7) Las demás situaciones que establezcan las leyes y reglamentos administrativos.
Artículo 47 La compensación económica se pagará en función del número de años que el trabajador haya trabajado en la unidad, con un mes de salario por cada año completo. Si el período es superior a seis meses e inferior a un año, se computará como un año; si es inferior a seis meses, se pagará al trabajador la compensación económica de medio mes de salario.
Si el salario mensual del empleado es tres veces mayor que el salario mensual promedio local de los empleados anunciado por el gobierno popular del municipio o ciudad distrital donde está ubicado el empleador, el estándar de compensación económica pagada al empleado será el salario medio mensual del trabajador, y el plazo máximo para pagar la compensación económica a los trabajadores no podrá exceder de 12 años.
El salario mensual mencionado en este artículo se refiere al salario promedio del empleado en los doce meses anteriores a la extinción o extinción del contrato de trabajo.
Artículo 50 Cuando un empleador rescinda o rescinda un contrato de trabajo, deberá expedir un acta de terminación o terminación del contrato de trabajo, y tramitar el expediente y trámites de traslado al seguro social del trabajador dentro de los quince días.
Los trabajadores deben realizar la entrega del trabajo de acuerdo con el acuerdo entre las partes. Si el empleador deberá pagar una compensación económica al trabajador de conformidad con las disposiciones pertinentes de esta Ley, deberá pagarla cuando se complete la entrega del trabajo.
El empleador deberá conservar el texto del contrato de trabajo rescindido o rescindido durante al menos dos años para referencia futura.
Artículo 87 Si el empleador viola las disposiciones de esta Ley al rescindir o extinguir el contrato de trabajo, deberá pagar una indemnización al trabajador equivalente al doble de la norma de compensación económica prevista en el artículo 47 de esta Ley.
Artículo 85 Si un empleador concurre alguna de las siguientes circunstancias, la dirección administrativa del trabajo le ordenará el pago de remuneraciones laborales, salarios por horas extras o compensaciones económicas dentro de un plazo si la remuneración laboral es inferior a la local; salario mínimo estándar, se pagará la diferencia; si el pago no se realiza dentro del plazo, se ordenará al empleador que pague una compensación al empleado a una tasa no inferior al 50% pero no superior al 100% del monto adeudado; :
(1) No pagar a tiempo y en su totalidad de acuerdo con el contrato laboral o las regulaciones nacionales
(2) Pagar a los trabajadores salarios inferiores al estándar de salario mínimo local
; p>
(3) Realizar horas extras sin pagar pago de horas extras;
(4) Rescindir o rescindir el contrato de trabajo sin pagar compensación económica al empleado de conformidad con esta ley.