Red de Respuestas Legales - Derecho de patentes - ¿Puedo demandar si no estoy satisfecho con la respuesta al informe?

¿Puedo demandar si no estoy satisfecho con la respuesta al informe?

Análisis legal: Si no está satisfecho con la respuesta al informe, puede demandar. Si el peticionario no está satisfecho con el manejo del asunto de la petición por parte de la agencia administrativa, puede, dentro de los treinta días a partir de la fecha de recepción de la respuesta escrita, solicitar a la agencia administrativa superior de la agencia administrativa original que revise el asunto y resuelva la cuestión. demanda relacionada con la ley a través de recursos legales. La agencia administrativa que reciba la solicitud de revisión deberá presentar opiniones de revisión y dar una respuesta por escrito dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud de revisión.

Base legal: Artículo 34 del “Reglamento de Cartas y Convocatorias”. Si un peticionario no está satisfecho con el manejo de la petición por parte de la agencia administrativa, puede, dentro de los treinta días a partir de la fecha de recepción de la respuesta escrita, solicitar una revisión a la agencia administrativa de nivel superior que originalmente manejó la agencia administrativa. La agencia administrativa que reciba la solicitud de revisión deberá presentar opiniones de revisión y dar una respuesta por escrito dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud de revisión.