Quien permita que otros consuman drogas será detenido por no menos de unos días pero no más de quince días.
Base jurídica
Artículo 354 de la "Ley Penal" que permita a otros consumir o inyectarse drogas será condenado a pena privativa de libertad no superior a tres años, prisión penal o vigilancia, y también será multado.
Artículo 61 de la “Ley Antidrogas” Quien permita a otros tomar, inyectarse o introducir drogas, lo que constituye un delito, será investigado por responsabilidad penal de conformidad con la ley si no lo constituye; un delito, será castigado por los órganos de seguridad pública por no menos de diez días y quince días. La persona puede ser detenida por menos de cinco días y una multa de no más de 3.000 yuanes si las circunstancias son menores, la persona puede ser detenida; por no más de cinco días o una multa de no más de 500 yuanes.
Es un delito permitir que otros consuman drogas. A juzgar por las disposiciones del derecho penal, siempre que el autor proporcione un lugar a otros sabiendo que otros consumen drogas, puede constituirse un delito de acogida de otros. El número, la frecuencia y la duración de permitir que otros consuman drogas no son elementos de este delito y sólo se consideran circunstancias de la sentencia. La característica más esencial del delito es su grave daño social. El daño social de albergar a otros se refleja en su violación del sistema nacional antidrogas y en el peligro de la salud física y mental de las personas. Su daño debe alcanzar el nivel de perturbar gravemente el orden de gestión social y causar ciertos daños personales. Si las circunstancias para permitir que otros consuman drogas son obviamente menores, no se puede considerar un delito, de lo contrario, el alcance del ataque será demasiado amplio y los efectos legales y sociales no serán unificados.
El artículo 11 del "Reglamento de la Fiscalía Suprema Popular y del Ministerio de Seguridad Pública sobre las normas para la presentación y procesamiento de causas penales bajo la competencia de los órganos de seguridad pública" estipula: [Proporcionar un lugar a otros consumir drogas (Artículo 354 de la Ley Penal)] Cualquier persona sospechosa de una de las siguientes circunstancias será procesada: (1) Permitir que otros tomen o se inyecten drogas más de dos veces (2) Permitir que más de tres personas tomen o se inyecten drogas al mismo tiempo; una vez; (3) Permitir que otros tomen o se inyecten drogas Sujeto a sanciones administrativas, y permitir que otros tomen o se inyecten drogas (4) Permitir que menores tomen o se inyecten drogas (5) Permitir que otros tomen o se inyecten drogas para el; propósito de lucro; (6) Permitir que otros tomen o se inyecten drogas Inyectarse drogas, causando consecuencias graves u otras circunstancias graves.