Cómo identificar la drogadicción
1. El perpetrador ha sido examinado profesionalmente por los departamentos pertinentes y los resultados de las pruebas muestran que hay drogas en el cuerpo.
2. evidencia que demuestre que el perpetrador ha consumido drogas;
3. El perpetrador tiene síntomas de abstinencia o hay evidencia de que ha consumido drogas. La reacción de abstinencia se refiere a un síndrome psicológico especial que ocurre después de suspender un medicamento, reducir la dosis o usar un antagonista para ocupar el receptor.
Primero, ¿cuál será el castigo para los drogadictos si son atrapados por primera vez?
Si es la primera vez que consumes drogas, y no eres adicto a las drogas ni has sido castigado u obligado a desintoxicarte por consumir drogas, acabas de violar la "Ley de Sanción a la Gestión de la Seguridad Pública".
Disposiciones imponen sanciones de seguridad pública. El simple hecho de consumir drogas no constituye un delito y no conlleva pena de prisión. Es un acto ilegal que viola las normas de gestión de la seguridad pública y puede ir desde la detención hasta multas o rehabilitación forzosa de drogas. Después de capturar a los drogadictos, primero se les coloca en detención administrativa y luego se determina si están consumiendo drogas. Si creen que un drogadicto es adicto, se verán obligados a dejar de fumar.
En resumen, las condiciones para identificar a los drogadictos son que después de las pruebas técnicas realizadas por los departamentos pertinentes, los resultados de las pruebas muestren que el cuerpo contiene componentes de drogas; hay evidencia de que el perpetrador ha consumido drogas; síntomas de abstinencia, etc.
Base legal:
Medidas para determinar la drogadicción
Artículo 7
Si un drogadicto reúne al mismo tiempo las siguientes circunstancias , el órgano de seguridad pública debe determinarse que es adicto a las drogas:
(1) Se han analizado muestras biológicas humanas y se ha demostrado que contienen ingredientes de drogas;
(2) Hay existan pruebas que acrediten que ha consumido drogas;
(3) Tengan síntomas de abstinencia o tengan pruebas que acrediten antecedentes de abuso de drogas, incluidos aquellos que hayan sido investigados y sancionados por los órganos de seguridad pública por abuso de drogas. o que han abandonado voluntariamente el abuso de drogas.
Las condiciones específicas de los síntomas de abstinencia se determinan con referencia a los "Principios Rectores para el Diagnóstico y Tratamiento de la Dependencia de Opioides" y los "Principios Rectores para el Diagnóstico y Tratamiento de la Dependencia de Anfetaminas" formulados por el Ministerio de Salud. .