Disposiciones de la ley de autopsias
Si se cuestiona la muerte del paciente, la autopsia debe realizarse dentro de las 48 horas posteriores a la muerte del paciente. Según las leyes y reglamentos pertinentes, si las condiciones lo permiten, la criopreservación del cuerpo puede extenderse a 7 días. La autopsia debe ser aprobada y firmada por los familiares cercanos del fallecido.
Objetividad jurídica:
Artículo 18 del “Reglamento para el Tratamiento de Accidentes Médicos” Si un paciente fallece y tanto el médico como el paciente no pueden determinar la causa de la muerte o tienen objeciones a la causa de la muerte, el procedimiento deberá darse por finalizado a los 48 días del fallecimiento del paciente. Realizar la autopsia dentro de unas horas si el cadáver reúne las condiciones para la criopreservación, pudiendo ampliarse a 7 días; La autopsia debe ser aprobada y firmada por los familiares cercanos del fallecido. Las autopsias deben ser realizadas por instituciones de anatomía patológica y técnicos profesionales que hayan obtenido las calificaciones correspondientes de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes. Las instituciones y los técnicos profesionales de anatomía patológica responsables de las tareas de autopsia están obligados a realizar autopsias. Ambas partes en una disputa por negligencia médica pueden invitar a un médico forense a participar en la autopsia o pueden designar a un representante para observar el proceso de la autopsia. Si la negativa o demora de la autopsia excede el tiempo prescrito y afecta la determinación de la causa de la muerte, la parte que se negó o retrasó asumirá la responsabilidad.