Red de Respuestas Legales - Derecho de patentes - ¿Es ilegal la cerca del jardín en el primer piso de la comunidad?

¿Es ilegal la cerca del jardín en el primer piso de la comunidad?

Análisis jurídico: En primer lugar hay que comprobar si el propietario del primer piso tiene derechos de propiedad sobre su jardín. Si es así, es libertad personal construir razonablemente en el propio terreno, no una construcción ilegal. En segundo lugar, no es ilegal construir edificios en el patio de la planta baja con la aprobación del departamento de planificación, el Ministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano-Rural y otros departamentos pertinentes. Si no existe ninguna de las anteriores, es una construcción ilegal. Según la Ley de Propiedad y el Reglamento de Gestión de la Propiedad, está obligado a detenerla y obligarla a restaurarla a su estado original.

Base jurídica: El artículo 267 del Código Civil protege la propiedad jurídica privada y prohíbe a cualquier organización o particular apropiarse de ella, saquearla o destruirla.

El artículo 271 del Código Civil estipula que el propietario tiene la propiedad de las partes exclusivas del edificio, como los locales comerciales, y tiene derecho a coadministrar las * * * partes distintas de las exclusivas. .

El artículo 272 del Código Civil establece que los propietarios tienen derecho a ocupar, usar, aprovechar y disponer de las partes exclusivas de sus inmuebles. El propietario no pondrá en peligro la seguridad del edificio ni dañará los derechos e intereses legítimos de otros propietarios en el ejercicio de sus derechos.