¿Cuáles son los criterios para identificar el delito de obstrucción de deberes oficiales y cuáles son los requisitos del objeto para el delito de obstrucción de la ejecución de deberes oficiales por medios violentos? El delito de obstrucción de actividades oficiales se refiere al uso de violencia o amenazas para impedir que el personal de las agencias estatales y los diputados de la asamblea popular desempeñen sus funciones de conformidad con la ley, o el uso de violencia o amenazas para impedir que el personal de la Cruz Roja realice sus funciones. sus funciones de conformidad con la ley durante desastres naturales y emergencias. Desempeñar sus funciones u obstruir deliberadamente a los órganos de seguridad nacional y los órganos de seguridad pública para que realicen tareas de seguridad nacional de conformidad con la ley, sin utilizar la violencia y causar consecuencias graves. En la práctica judicial, se debe prestar atención a las siguientes cuestiones: 1. Los objetos de este delito se limitan a tres tipos de personas: (1) personal de diversas agencias estatales en todos los niveles (2) representantes de los congresos populares en todos los niveles; 3) personal de la Cruz Roja en todos los niveles. Personal de reuniones. Cabe señalar que las personas antes mencionadas deben estar desempeñando determinadas funciones oficiales de conformidad con la ley para poder ser objeto de este delito. La clave de este delito es que el autor ha obstruido los deberes oficiales. Aquí se deben comprender tres puntos: (1) La esencia de la obstrucción de los deberes oficiales es impedir que el personal antes mencionado desempeñe sus deberes de conformidad con la ley, lo que incluye impedirles el desempeño de sus deberes y hacerlos incapaces de desempeñarlos normalmente; (2) La forma de obstruir los deberes oficiales, excepto obstruir deliberadamente los órganos de seguridad nacional y los órganos de seguridad pública. Además de los métodos violentos y amenazantes utilizados para realizar tareas de trabajo de seguridad nacional de acuerdo con la ley, también pueden usarse métodos no violentos y amenazantes. utilizados. El resto deberá realizarse mediante métodos violentos o amenazantes para constituir este delito. Sin embargo, debe quedar claro que si no se utiliza la violencia o las amenazas para impedir que los órganos de seguridad nacional y los órganos de seguridad pública realicen tareas de seguridad nacional de conformidad con la ley, se deben causar graves consecuencias para constituir este delito (3) Quien obstruya; El personal de la Cruz Roja deberá impedir que desempeñen sus funciones conforme a la ley. Este delito sólo podrá constituirse en desastres naturales y emergencias. Cabe señalar que si la conducta de obstrucción de deberes oficiales específicos constituye un delito separado en el derecho penal o en la interpretación judicial, debe ser condenado de conformidad con las disposiciones pertinentes, y no por el delito de obstrucción de deberes oficiales. El uso de la violencia para obstruir los deberes oficiales debe limitarse a lesiones menores. Si la víctima resulta gravemente herida o muerta, y este delito coincide con el delito de lesión dolosa o de homicidio doloso, será condenada y sancionada conforme al delito de lesiones dolosas y de homicidio doloso, que son delitos graves. La limitación subjetiva de este delito es la intencionalidad, es decir, el autor debe saber que el personal antes mencionado está desempeñando funciones oficiales de conformidad con la ley y obstruirlas para constituir este delito. Si el autor no sabe que la otra parte está desempeñando deberes oficiales de conformidad con la ley, o cree erróneamente que la otra parte está desempeñando deberes oficiales de conformidad con la ley, no constituye este delito y debe ser tratado de acuerdo con la comprensión de los hechos. Quien cometa este delito será sancionado con pena privativa de libertad no superior a tres años, prisión preventiva, vigilancia pública o multa. El derecho penal y las interpretaciones judiciales estipulan claramente que los delincuentes serán condenados y castigados por el delito de obstrucción de los asuntos oficiales. Además del artículo 277 del Código Penal, otras disposiciones del Código Penal y algunas interpretaciones judiciales también estipulan claramente que en las siguientes situaciones, la persona será condenada y sancionada por el delito de obstrucción a los negocios oficiales, o será sancionada por el delito de obstrucción de trámites oficiales y delitos varios conexos: 1. Resistencia al contrabando con violencia o amenazas. Será sancionado por el delito de obstrucción de trámites oficiales y delitos conexos de contrabando. (Ley Penal, artículo 157, párrafo 2) 2. No reunir una multitud para utilizar la violencia o amenazas para impedir que los trabajadores estatales rescaten a mujeres y niños que han sido sobornados, y no reunir una multitud para utilizar la violencia o amenazas para impedir que los trabajadores estatales rescaten mujeres o niños que hayan sido sobornados. Los cabecillas serán castigados con el delito de obstrucción a los asuntos oficiales. (Artículo 242 de la Ley Penal) 3 Usar violencia o amenazas para impedir que el personal de instituciones estatales realice tareas administrativas de aplicación de la ley de conformidad con las disposiciones de las leyes y reglamentos administrativos, o usar violencia o amenazas para obstruir a las agencias estatales encargadas de realizar actividades administrativas. Aplicación de la ley Si el personal responsable de la actividad desempeña funciones administrativas de aplicación de la ley, el autor puede ser considerado penalmente responsable del delito de obstrucción de los asuntos oficiales. ("Respuesta de la Fiscalía Popular Suprema sobre si los infractores pueden ser castigados por el delito de obstrucción de deberes oficiales mediante amenazas de violencia") 4 Cualquier persona que utilice amenazas de violencia para impedir que el personal judicial investigue y tramite casos de robo o robo de vehículos de motor de conformidad con La ley será sancionada conforme a lo previsto para el delito de obstrucción de las funciones oficiales. (Artículo 1 del Reglamento del Tribunal Supremo Popular, la Fiscalía Suprema Popular, el Ministerio de Seguridad Pública y la Administración Estatal de Industria y Comercio sobre la investigación y tramitación de casos de hurto y hurto de vehículos de motor de conformidad con la ley ) 5. Los miembros de organizaciones sectarias utilizan la violencia o amenazas para impedir que el personal de las agencias estatales cumpla con sus funciones de conformidad con la ley, condenados y sancionados por el delito de obstrucción a los asuntos oficiales. Si su conducta viola al mismo tiempo otros delitos, será condenado y castigado de conformidad con las disposiciones sobre penas más severas. (Interpretaciones del Tribunal Popular Supremo y de la Fiscalía Popular Suprema sobre varias cuestiones relativas a la aplicación específica de las leyes en el tratamiento de casos penales de organización y utilización de organizaciones sectarias (2) Artículo 7) 6 Utilizar la violencia y las amenazas para impedir que el personal de los organismos estatales y la Cruz Roja al personal hacer cumplir la ley Las medidas preventivas y de control, como la prevención de epidemias, la cuarentena, el aislamiento obligatorio y el tratamiento de aislamiento, serán castigadas como delitos de obstrucción de los asuntos oficiales. (Artículo 8 de la Interpretación del Tribunal Popular Supremo y de la Fiscalía Popular Suprema sobre diversas cuestiones relativas a la aplicación específica de las leyes en la tramitación de casos penales para la prevención y el control de epidemias que ponen en peligro las enfermedades infecciosas) El derecho penal y las interpretaciones judiciales estipulan claramente que existen Hay muchos tipos de comportamiento que interfieren con los deberes oficiales, pero no todos constituyen Quienes cometen un delito serán condenados y sancionados por el delito de obstrucción de los asuntos oficiales. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Penal y las interpretaciones judiciales pertinentes, las siguientes conductas que obstruyen funciones oficiales específicas no constituyen delito de obstrucción de funciones oficiales y deben ser condenadas y sancionadas como otros delitos: 1. Los contribuyentes y agentes de retención violan las normas de la administración tributaria y negarse a pagar impuestos mediante violencia o amenazas, ser condenado y sancionado por el delito de resistencia fiscal. (Artículo 202 de la Ley Penal) 2. Los cabecillas que reúnan una multitud para impedir que el personal de la agencia estatal rescate a mujeres y niños sobornados serán condenados y castigados por el delito de reunir una multitud para obstruir el rescate de mujeres y niños sobornados. (Ley Penal, artículo 242, párrafo 2) 3. Reunir una multitud para perturbar lugares públicos y el orden del tráfico, utilizando violencia o amenazas para resistir u obstaculizar a los administradores de seguridad del Estado en el desempeño de sus funciones de conformidad con la ley. Si las circunstancias son graves, reunirse. una multitud para perturbar lugares públicos o el orden del tráfico Condena y castigo.
(Artículo 291 del Código Penal) 4. Golpear al personal judicial en los tribunales e impedirles el desempeño de sus funciones de conformidad con la ley constituye un delito de alteración del orden judicial. (Artículo 309 de la Ley Penal) 5. Si una persona que tiene la obligación y la capacidad de ejecutar la sentencia u orden del tribunal popular obstruye o se resiste a la ejecución mediante violencia o amenazas, será condenada y sancionada por el delito de negarse a cumplir. ejecutar la sentencia u orden. (Artículo 313 de la Ley Penal; Artículo 3 de la Interpretación del Tribunal Supremo Popular sobre Determinadas Cuestiones Relativas a la Aplicación Específica del Derecho en el Juicio de Casos de Denegación de Ejecución de Sentencias y Fallos) 6 Quienes utilicen la violencia o amenazas para organizar a otros cruzar la frontera furtivamente para resistir la inspección será castigado con la organización. Otros son condenados y castigados por cruzar ilegalmente la frontera. (Artículo 318 del Código Penal) 7. Cualquier persona que se resista a la inspección mediante violencia o amenazas y transporte a otras personas para cruzar la frontera ilegalmente será condenada y castigada por el delito de transportar a otras personas para cruzar la frontera ilegalmente. (Artículo 321 de la Ley Penal) 8 El que contrabandee, venda, transporte o fabrique drogas y se resista a la inspección, detención o arresto con violencia será sancionado por el delito de contrabando, venta, transporte o fabricación de drogas. (Ley Penal, artículo 347, párrafo 2, punto 4) 9. Quien obstaculice al personal militar en el desempeño de sus funciones de conformidad con la ley mediante violencia o amenazas será condenado y castigado por el delito de obstrucción al personal militar en el desempeño de sus funciones. . (Ley Penal, artículo 368, párrafo 1) 10. Cualquier persona que obstruya intencionalmente operaciones militares y cause consecuencias graves será condenada y castigada por el delito de obstrucción de operaciones militares. (Ley Penal, artículo 368, párrafo 2) 11 Los miembros del personal de las agencias estatales que son responsables de rescatar a mujeres y niños secuestrados aprovechan sus posiciones para obstruir el rescate de mujeres y niños secuestrados de conformidad con la ley. Condena y castigo por delitos contra. mujeres y niños. (Artículo 416 del Código Penal) 12. Los soldados que obstaculicen a los comandantes y al personal en servicio mediante violencia o amenazas serán condenados y castigados por el delito de obstrucción del cumplimiento de deberes militares.