Disposiciones irrazonables en la ley matrimonial
Antigüedad del objeto jurídico.
Subjetividad jurídica:
Las disposiciones sobre la nulidad del matrimonio son las siguientes: El artículo 1051 del Código Civil estipula que el matrimonio es nulo en cualquiera de las siguientes circunstancias: (1) Bigamia ; (2) ) tiene una relación familiar que prohíbe el matrimonio; (3) no ha alcanzado la edad legal para contraer matrimonio.