Red de Respuestas Legales - Derecho de patentes - Si alguien me golpea primero, le devolveré el golpe y lastimaré a la otra persona. ¿Soy legalmente responsable?

Si alguien me golpea primero, le devolveré el golpe y lastimaré a la otra persona. ¿Soy legalmente responsable?

Si toma medidas para protegerse de una infracción ilegal en curso y dañar a la otra parte, se considera defensa legítima y no es necesario que asuma ninguna responsabilidad legal. Sin embargo, si la legítima defensa excede claramente el límite necesario, usted deberá asumir la responsabilidad legal.

Según la "Ley Penal de la República Popular China", las disposiciones son las siguientes:

Artículo 20 Con el fin de proteger el país, los intereses públicos, la persona, la propiedad y otros derechos propios o de otros. Si el intruso ilegal detiene la infracción ilegal y causa daño al intruso ilegal, es una defensa legítima y no será considerado penalmente responsable.

Si la legítima defensa excede manifiestamente el límite necesario y causa un daño grave, la persona incurrirá en responsabilidad penal, pero se le reducirá o eximirá la pena.

No se considera que hayan actuado en exceso quienes tomen acciones defensivas contra delitos violentos como asalto, asesinato, robo, violación y secuestro que pongan en grave peligro la seguridad personal, resultando en víctimas o víctimas de intrusos ilegales. defensa y no será penalmente responsable.

Datos ampliados

1. La legítima defensa deberá cumplir las siguientes condiciones:

(1) La legítima defensa deberá dirigirse contra la infracción ilegal;

(2) Debe ser durante la infracción ilegal en curso;

(3) La defensa justificable no puede exceder un cierto límite.

2. El delito de excesiva defensa presenta principalmente las siguientes formas:

(1) El defensor sabe que su conducta defensiva excederá evidentemente el límite necesario de la legítima defensa y causará un daño importante. . Permitir que se produzca un daño tan importante para lograr el propósito de la legítima defensa es una defensa excesiva indirecta e intencional.

(2) El defensor sabe que su comportamiento defensivo puede exceder significativamente los límites necesarios de la legítima defensa y causar un daño importante, pero cree que ese daño mayor no se producirá, lo cual es exceso de confianza y negligencia.

(3) El defensor debe saber que su conducta ha excedido claramente los límites necesarios de la legítima defensa y ha causado un daño importante. Si no lo previeron, o incluso causaron enormes pérdidas por negligencia, eso es negligencia.

Fiscalía Popular Suprema-Derecho Penal de la República Popular China