¿Qué debo hacer si tengo objeciones a las multas por infracciones vehiculares?
1. Si tiene alguna objeción a la multa por infracción vehicular, puede presentar una solicitud de revisión administrativa. Los interesados deberán llevar la orden de despacho sellada con el sello oficial de la unidad, el original y copia de la licencia de conducir al centro de procesamiento de infracciones, y el personal verificará los registros de infracciones de tránsito. Si la multa ha sido pagada y descontada, la revisión administrativa se puede interponer dentro de los 60 días hábiles siguientes a la sanción.
2. Base jurídica: Artículo 46 del “Procedimiento de Tramitación de Infracciones a la Seguridad Vial”.
La emisión del "Aviso de Manejo de Comportamiento Ilegal" se implementará de acuerdo con los siguientes procedimientos:
(1) Informar oralmente al actor ilegal de los hechos básicos del comportamiento ilegal. ;
(2) Escuchar la declaración y defensa del actor ilegal si se establecen los hechos, razones o pruebas propuestas por el actor ilegal, se adoptarán en el plazo de días; /p>
(4) El aviso de manejo de acto ilegal deberá estar firmado por el autor ilegal, firmado o sellado por la policía de tránsito y sellado con el sello del departamento de gestión de tránsito del órgano de seguridad pública si la parte se niega; para firmar, la policía de tránsito deberá marcarlo en el aviso de manejo de conducta ilegal;
(5) El aviso de manejo de conducta ilegal se entregará a la parte en el acto si la parte se niega a aceptarlo; La policía de tránsito deberá indicar en el “aviso de manejo de conducta ilegal” que se tiene por entregado.
La policía de tránsito deberá presentar el "Aviso de manejo de conducta ilegal" al departamento de gestión de tránsito del órgano de seguridad pública para su registro dentro de las 24 horas.
2. ¿Cuál es el proceso específico de revisión administrativa?
1. Solicitud de reconsideración: El solicitante deberá presentar una solicitud de reconsideración administrativa dentro de los 60 días siguientes a la fecha de su conocimiento.
2. Aceptación de la reconsideración:
(1) La autoridad de reconsideración llevará a cabo una revisión formal de la solicitud de reconsideración y tomará una decisión sobre si la acepta dentro de los 5 días.
(2) Decidir no aceptar la solicitud de revisión administrativa que no cumpla con las condiciones e informar al solicitante por escrito que presente a la agencia de revisión correspondiente una solicitud que cumpla con las condiciones estipuladas; en la Ley de Revisión Administrativa pero no serán aceptadas por esta agencia Solicitud de reconsideración administrativa: Las solicitudes de reconsideración administrativa aceptadas por esta agencia que cumplan con las disposiciones de la Ley de Reconsideración Administrativa serán aceptadas a partir de la fecha de recepción de la solicitud de reconsideración.
3. Revisión administrativa:
(1) Durante el período de revisión, no se detendrá la ejecución de acciones administrativas específicas.
(2) La autoridad de reconsideración deberá enviar una copia o fotocopia de la solicitud de reconsideración al demandado dentro de los 7 días siguientes a la fecha de aceptación de la reconsideración.
(3) El demandado deberá presentar una defensa dentro de los 10 días siguientes a la fecha de recepción de una copia de la solicitud, y presentar las pruebas, fundamentos y otros materiales relevantes para acciones administrativas específicas.
(4) La oficina legal de la agencia de reconsideración deberá realizar una revisión por escrito, investigar la situación con las organizaciones y el personal relevantes cuando sea necesario, presentar opiniones de reconsideración e informar a la persona a cargo de la reconsideración. agencia para su aprobación o discusión colectiva.
(5) Antes de que se tome la decisión de revisión, el solicitante puede solicitar retirar la solicitud de revisión y la revisión finalizará al mismo tiempo.
(6) La autoridad de revisión deberá tomar una decisión de revisión administrativa dentro de los 60 días siguientes a la fecha de aceptación. Si la situación es complicada, podrá prorrogarse oportunamente con la aprobación del responsable de la autoridad de reconsideración, y se notificará al solicitante y al demandado, pero el plazo de prórroga no excederá de 30 días como máximo.
(7) Cuando la autoridad de reconsideración tome una decisión de reconsideración administrativa, preparará una carta de decisión de reconsideración administrativa, la sellará con el sello de la unidad e indicará el solicitante y el demandado.
(8) Una vez notificada la decisión administrativa de reconsideración, ésta adquirirá efectos jurídicos.
4. Implementación:
(1) El solicitante y el demandado implementarán la decisión de revisión administrativa a partir de la fecha de recepción de la carta de decisión de revisión administrativa.
(2) Si el solicitante no está satisfecho con la decisión de revisión administrativa, deberá presentar una demanda administrativa ante el Tribunal Popular dentro de los 15 días siguientes a la fecha de recepción de la decisión de revisión administrativa.