Cómo entender las confesiones y defensas de sospechosos y acusados de delitos
Respecto a este tema, la Ley de Procedimiento Penal 2013, 10, 1, la Interpretación de la Ley de Procedimiento Penal por parte de la Corte Suprema, las Normas de Procedimiento Penal de la Fiscalía Popular (juicio), los Procedimientos que deben manejar los órganos de seguridad pública Casos penales y la interpretación del Tribunal Popular Supremo de la Ley de procedimiento penal sobre el establecimiento y mejora de la Ley de procedimiento penal de 2013, 10, 9
1 Ley de procedimiento penal de 2013 10 1
Artículo. 49 La carga de la prueba de la culpabilidad del acusado en los procesos públicos recaerá en la Fiscalía Popular. En los casos de procesamiento privado, la carga de la prueba recaerá en el acusado. La carga de probar la culpabilidad de una persona recae en el fiscal privado.
Artículo 50: Los jueces, fiscales e investigadores deberán recolectar diversas pruebas que puedan probar la culpabilidad o inocencia de los sospechosos e imputados y la gravedad del delito de conformidad con los procedimientos legales. Está estrictamente prohibido utilizar la tortura para obtener confesiones y reunir pruebas mediante amenazas, instigaciones, engaños u otros métodos ilegales, y nadie podrá ser obligado a demostrar su culpabilidad. Es necesario garantizar que todos los ciudadanos que estén relacionados con el caso o conozcan el caso tengan las condiciones para aportar pruebas de manera objetiva y completa, salvo circunstancias especiales, que puedan ser contratados para ayudar en la investigación.
Artículo 53: Al dictar sentencia en todos los casos se deberá poner énfasis en la prueba y la investigación y no se deberán tomar a la ligera las confesiones orales. Si sólo existe la confesión del acusado y ninguna otra prueba, el acusado no puede ser declarado culpable y castigado; sin la confesión del acusado, si las pruebas son fiables y suficientes, el acusado puede ser declarado culpable y castigado.
Si la prueba es confiable y suficiente, debe cumplir las siguientes condiciones:
(1) Hay pruebas que prueban los hechos de la condena y la sentencia;
(2) La base para finalizar el caso Se ha verificado que la evidencia es cierta a través de procedimientos legales;
(3) Con base en la evidencia de todo el caso, se han eliminado dudas razonables sobre los hechos comprobado.
Artículo 54: Se excluirán las confesiones de presuntos delincuentes e imputados obtenidas mediante medios ilegales como la tortura, y los testimonios de testigos y declaraciones de víctimas recopilados mediante medios ilegales como la violencia o las amenazas. Si la recopilación de pruebas físicas o pruebas documentales no cumple con los procedimientos legales y puede afectar gravemente la equidad judicial, se corregirá o se dará una explicación razonable; si no se puede corregir o no se puede dar una explicación razonable, se deberán presentar pruebas; ser excluido.
Las pruebas que deban excluirse durante los procesos de investigación, revisión, enjuiciamiento y juicio deben excluirse de conformidad con la ley y no se utilizarán como base para opiniones, decisiones y sentencias de la fiscalía.
Artículo 55: Si la Fiscalía Popular recibe denuncia, denuncia, informe o descubre que los investigadores han recabado pruebas por medios ilegales, investigará y verificará. Si se utilizan medios ilegales para recolectar pruebas que sean verdaderas, se deberán hacer sugerencias de rectificación; si se constituye delito, se perseguirá la responsabilidad penal conforme a la ley.
Artículo 56: Durante la audiencia judicial, si el juez considera que pueden existir circunstancias en las que se han obtenido pruebas por medios ilegales según lo estipulado en el artículo 54 de esta Ley, el juez deberá realizar una investigación judicial sobre la legalidad de la recogida de pruebas.
Las partes y sus defensores y agentes ad litem tienen derecho a solicitar al tribunal popular que excluya las pruebas obtenidas por medios ilegales de conformidad con la ley. Para solicitar la exclusión de pruebas recopiladas ilegalmente, se deben proporcionar pistas o materiales relevantes.
Artículo 57: Durante el proceso de investigación judicial sobre la legalidad de la recolección de pruebas, la Fiscalía Popular deberá probar la legalidad de la recolección de pruebas.
Si los materiales de prueba existentes no pueden probar la legalidad de la recopilación de pruebas, la Fiscalía Popular puede solicitar al Tribunal Popular que notifique a los investigadores pertinentes u otro personal para que comparezcan ante el tribunal para explicar la situación; notificar a los investigadores pertinentes u otro personal para que comparezcan ante el tribunal para explicar la situación. Los investigadores pertinentes u otro personal también pueden solicitar comparecer ante el tribunal para explicar la situación. Previa notificación del Tribunal Popular, las personas pertinentes comparecerán ante el tribunal.
Artículo 58 Si la existencia de pruebas obtenidas por medios ilegales según lo dispuesto en el artículo 54 de esta Ley se confirma o no puede excluirse después de una audiencia judicial, se excluirán las pruebas pertinentes.
II.2013 65438+10 1 “Interpretación del Tribunal Supremo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal”
Sección 4 Revisión y determinación de la confesión y defensa del imputado
Artículo 80 La confesión y defensa del acusado debe centrarse en los siguientes contenidos:
(1) Si la hora y el lugar del interrogatorio, la identidad y el número de interrogadores y el método del interrogatorio se ajustan a la ley y regulaciones pertinentes;
(2) Si la preparación y modificación de la transcripción del interrogatorio cumple con la ley y las regulaciones relevantes, si la hora específica de inicio y finalización y el lugar del interrogatorio están marcados, si se informa al acusado de los derechos y disposiciones legales relevantes durante el primer interrogatorio, y si el acusado verifica y confirma;
(3) Al interrogar a un menor acusado, si se notifica a su representante legal o al personal relevante para que estén presentes, y si su representante legal o personal relevante está presente;
(4) Acusado Si la confesión de la persona fue obtenida a través de medios ilegales como la tortura
(5) Si la confesión del acusado es consistente; , si se repite y los motivos; si toda la confesión y defensa del acusado han sido trasladadas con el caso
(6) Si el contenido de la defensa del acusado es consistente con los hechos del caso y común; sentido, y si hay contradicciones;
(7) Si la confesión y la defensa del acusado pueden ser consistentes con la confesión y la defensa del coacusado La defensa y otras pruebas se corroboran entre sí para ver si. hay alguna contradicción.
Cuando sea necesario, se pueden recuperar grabaciones de audio y video del proceso de interrogatorio, registros de exámenes de salud y transcripciones del acusado entrando y saliendo del centro de detención, y el contenido anterior se puede revisar en base al audio y video. grabaciones, registros y transcripciones.
Artículo 81 Si se produce alguna de las siguientes circunstancias, la confesión del acusado no se utilizará como base para finalizar el caso:
(1) La transcripción del interrogatorio no ha sido verificada y confirmado por el acusado;
(2) Al interrogar a un sordomudo, se debe proporcionar una persona que esté familiarizada con los gestos de un sordomudo, pero no lo hace;
(3 ) Al interrogar a un acusado que no está familiarizado con el idioma común local, no se proporciona ningún traductor.
Artículo 82 Si el acta del interrogatorio contiene los siguientes defectos, podrá adoptarse después de corrección o explicación razonable, si no se puede corregir o no se puede dar una explicación razonable, no se utilizará como base para; finalizar el caso:
(1) Hay errores o contradicciones en el tiempo del interrogatorio, el interrogador, el registrador y el representante legal completaron la transcripción del interrogatorio;
(2) El interrogador no no firmar;
( 3) La transcripción del primer interrogatorio no registró los derechos y disposiciones legales pertinentes de la persona interrogada.
Artículo 83 La revisión de la confesión y defensa del imputado se basará en todas las pruebas aportadas por la acusación y la defensa y en toda la confesión y defensa del imputado.
Si el acusado se retracta de su confesión durante el juicio, pero no puede explicar razonablemente el motivo de la retractación o su defensa es inconsistente con las pruebas de todo el caso, y su confesión previa al juicio se corrobora mutuamente con otras pruebas, su confesión previa al juicio puede ser admisible.
Si la confesión y la defensa del acusado antes del juicio se repiten, pero la confesión es corroborada por otras pruebas durante el juicio, su confesión en el juicio puede ser admisible, la confesión previa al juicio y la defensa del acusado se repiten si no hay ninguna; confesión durante el juicio y ninguna otra prueba la corrobore, no se aceptará su confesión previa al juicio.
Artículo 106: Extraer pruebas materiales y documentales con fuerte ocultamiento de la confesión e identificación del imputado, y la confesión del imputado y demás pruebas que acrediten los hechos delictivos se corroboren mutuamente, excluyendo la colusión, si existe posibilidad de colusión o inducción a una confesión, el acusado puede ser declarado culpable.
3.2013 1 "Reglas de Procedimiento Penal de la Fiscalía Popular (Juicio)"
Artículo 61 Cuando la Fiscalía Popular se ocupa de casos tales como la presentación de investigaciones, la revisión de detenciones, la revisión de procesamientos, etc., utilizará pruebas para determinar los hechos del caso.
La carga de la prueba para demostrar la culpabilidad del acusado en los casos de procesamiento público recae en la Fiscalía Popular. Cuando la Fiscalía Popular inicie una acusación pública para acusar un delito, deberá aportar pruebas verdaderas y suficientes y probarlas.
Cuando la Fiscalía Popular inicia procesos públicos, debe seguir el principio de objetividad y equidad. Todas las pruebas que demuestren la culpabilidad, la gravedad y el delito menor del acusado deben presentarse al Tribunal Popular.
Artículo 64: Las pruebas físicas, las pruebas documentales, los materiales audiovisuales y los datos electrónicos recopilados por las agencias administrativas en el proceso de aplicación de la ley administrativa y la investigación de casos se obtendrán a nombre de la agencia y serán revisado por la Fiscalía Popular para cumplir con las condiciones legales, puede utilizarse como prueba.
Los dictámenes de tasación, investigaciones y registros de inspección recopilados por los organismos administrativos durante el proceso de aplicación de la ley administrativa y la investigación de casos pueden utilizarse como prueba si cumplen las condiciones legales tras su revisión por la Fiscalía Popular.
Cuando la Fiscalía Popular acepta directamente un caso de investigación, recogerá las confesiones de las personas involucradas en el caso o los testimonios y declaraciones de personas relevantes recopilados por los organismos pertinentes durante la aplicación de la ley administrativa y procesos de investigación del caso, existan pruebas concluyentes que acrediten que las personas involucradas en el caso o las personas relevantes si no pueden ser reunidas por traslado, muerte, desaparición o pérdida de la capacidad de declarar, pero no se conoce la fuente y el procedimiento de recolección; la confesión, testimonio o declaración son legales y están respaldados por otras pruebas, y si son revisados por la Fiscalía Popular y cumplen con los requisitos legales, pueden utilizarse como prueba.
Pertenecen a los organismos administrativos previstos en este artículo las organizaciones que investigan y atienden casos de infracciones administrativas a leyes y reglamentos de acuerdo con las responsabilidades asignadas por las leyes y reglamentos.
Artículo 65: Las confesiones de presuntos delincuentes obtenidas mediante métodos ilegales, como la tortura, y los testimonios de testigos y declaraciones de las víctimas recopiladas mediante métodos ilegales, como la violencia y las amenazas, se excluirán de conformidad con la ley y no se utilizarán. como solicitud de arresto o arresto. La base para aprobar o decidir el arresto, el traslado para revisión y procesamiento, o el inicio de un proceso público.
Extorsionar confesiones mediante tortura se refiere al uso de castigos corporales o castigos corporales encubiertos para provocar que los sospechosos de delitos sufran dolor intenso o tortura física o mental con el fin de obtener una confesión.
Otros métodos ilegales se refieren a métodos que utilizan medios ilegales y coercitivos equivalentes a la tortura o la violencia o amenazas para obligar a los sospechosos de delitos a hacer confesiones en contra de su voluntad.
Si las pruebas no pueden demostrar que el sospechoso ha cometido un delito, no se aprobará el arresto o se tomará una decisión. Si el caso ha sido transferido para su revisión y procesamiento, puede ser devuelto a la agencia de investigación para una investigación complementaria o una decisión de no procesar.
Artículo 68 Si la Fiscalía Popular descubre que los investigadores han utilizado medios ilegales para recopilar pruebas durante las etapas de investigación, revisión, procesamiento y juicio, informará al Fiscal Jefe para su aprobación y realizará una investigación y verificación oportunas. .
Los litigantes y sus defensores y agentes ad litem denuncian, acusan o denuncian a los investigadores que utilizan métodos ilegales como la tortura para extraer confesiones, recoger pruebas y proporcionar la persona, el tiempo, el lugar, el método, el contenido y otros materiales o pistas sospechosas de recopilación ilegal de pruebas, la Fiscalía Popular aceptará y revisará el caso. Si no se puede demostrar la legalidad de la recopilación de pruebas con base en los materiales existentes, se presentará al fiscal jefe para su aprobación y se investigará y verificará con prontitud.
Cuando la Fiscalía Popular de nivel superior recibe un informe, acusación o informe sobre el uso de métodos ilegales como la tortura para obtener confesiones por parte de los investigadores, puede investigar y verificar directamente el caso, o puede entregar a la Fiscalía Popular de nivel inferior para su investigación y verificación. Si el caso se presenta a la Fiscalía Popular de nivel inferior para su investigación y verificación, la Fiscalía Popular de nivel inferior informará con prontitud los resultados de la investigación a la Fiscalía Popular de nivel superior.
Si la Fiscalía Popular decide investigar y verificar, notificará de inmediato al organismo encargado del caso.
Artículo 69: La investigación y verificación de pruebas ilícitas será realizada por el departamento de supervisión de la investigación durante la etapa de instrucción; el ministerio público será responsable de las etapas de revisión, procesamiento y juicio. Cuando sea necesario, el departamento de persecución de malas conductas e infracciones podrá enviar personal para participar.
Artículo 70 La Fiscalía Popular podrá investigar y verificar las pruebas obtenidas ilegalmente mediante los siguientes métodos:
Interrogar a sospechosos de delitos;
Interrogar a los encargados del caso;
Entrevistar a las personas presentes y a los testigos;
Escuchar las opiniones de los abogados defensores;
Obtener transcripciones de los interrogatorios y grabaciones de audio y vídeo de los interrogatorios;
Recopilar y consultar registros de exámenes físicos e información relacionada de sospechosos de delitos que ingresan y salen del centro de detención;
(7) Inspección o identificación de lesiones y condiciones;
(8) Otras investigaciones y verificaciones métodos.
Artículo 71: Una vez concluida la investigación, la Fiscalía Popular elaborará un informe de la investigación, presentará opiniones de manejo basadas en las circunstancias descubiertas, lo presentará al Fiscal General para que adopte una decisión y tramitará el caso en conforme a la ley.
En el proceso de revisión de arrestos y enjuiciamientos, si se excluyen pruebas ilegales de acuerdo con la ley después de la investigación y verificación, los investigadores lo explicarán en el informe de investigación. Las pruebas ilícitas excluidas se trasladarán junto con el caso.
Si efectivamente la prueba se recolecta por medios ilegales y no constituye delito, se deberán presentar dictámenes de rectificación ante el organismo al que pertenece el demandado conforme a la ley. Si se necesitan correcciones o explicaciones razonables, se deben establecer requisitos claros.
Después de la revisión, si se cree que la recopilación ilegal de pruebas constituye un delito y es necesario investigar la responsabilidad penal, el caso se transferirá para su investigación de conformidad con la ley.
Artículo 72: Si la Fiscalía Popular considera que las pruebas fueron recogidas por medios ilegales, podrá exigir al organismo de investigación que explique por escrito la legalidad de la recogida de pruebas. La explicación deberá llevar el sello oficial de la unidad y firmada por el investigador.
Artículo 73: En un caso presentado para investigación por el órgano de seguridad pública, si ocurre una de las siguientes circunstancias, la Fiscalía Popular podrá obtener grabaciones de audio y video del interrogatorio del sospechoso de un delito por parte del órgano de seguridad pública durante las etapas de revisión, arresto, enjuiciamiento y juicio, revisan la legalidad de la recopilación de pruebas y la autenticidad de las confesiones de los sospechosos y acusados de delitos:
(1) Puede haber actividades ilegales de recopilación de pruebas, como la tortura. para extraer confesiones durante las actividades de interrogatorio;
( 2) El sospechoso, acusado o defensor afirma que la confesión del sospechoso o acusado se obtuvo ilegalmente y proporciona pistas o materiales relevantes;
( 3) La respuesta del sospechoso criminal o acusado al interrogatorio Plantear objeciones a la legalidad de la actividad o retractarse de la confesión y proporcionar pistas o materiales relevantes;
(4) El caso es serio y difícil.
Cuando la Fiscalía Popular acepta directamente un caso presentado para investigación y el departamento de investigación lo transfiere para su revisión para arresto y procesamiento, el audio y video del interrogatorio junto con los materiales del expediente del caso deben transferirse para su revisión.
Artículo 74: En un proceso público, si el imputado y su defensor afirman que la confesión previa al juicio se obtuvo ilegalmente y proporcionan pistas o materiales relevantes, la Fiscalía Popular podrá acompañar los materiales de audio y video del interrogatorio con el Material del expediente Traslado al Tribunal Popular.
Artículo 75: Durante la audiencia judicial, si el imputado o el defensor plantea objeciones a la legalidad de las actividades del interrogatorio, el Ministerio Público podrá requerir del imputado y de su defensor que proporcionen pistas o materiales pertinentes. Cuando sea necesario, el fiscal podrá solicitar al tribunal que reproduzca el audio y el vídeo del interrogatorio del período pertinente en el tribunal para contrainterrogar las objeciones o los hechos pertinentes.
Si el audio y vídeo del interrogatorio que debe reproducirse involucra secretos de estado, secretos comerciales, privacidad personal o contiene otro contenido que no es adecuado para su divulgación, el fiscal debe recomendar que el interrogatorio se reproduzca dentro de en el ámbito del personal procesal, fiscales, investigadores, imputados y sus defensores. Si la Fiscalía Popular realiza un procesamiento técnico del contenido relevante de los interrogatorios de audio y video porque involucran secretos de estado, secretos comerciales, privacidad personal u otras pistas criminales, el fiscal deberá dar una explicación al tribunal.
IV.2013 10.1 “Órganos de Seguridad Pública que atienden causas penales”.
Artículo 57: Los órganos de seguridad pública deberán recolectar diversas pruebas que puedan probar la culpabilidad o inocencia del presunto delincuente y la gravedad del delito de conformidad con los procedimientos legales. Es necesario garantizar que todos los ciudadanos que estén relacionados con el caso o conozcan el caso tengan las condiciones para aportar pruebas de manera objetiva y completa, salvo circunstancias especiales, que puedan ser contratados para ayudar en la investigación.
Artículo 66: Al trasladar un caso para su revisión y juzgamiento, el órgano de seguridad pública deberá garantizar que los hechos delictivos sean claros y las pruebas fehacientes y suficientes.
Si la prueba es confiable y suficiente, debe cumplir las siguientes condiciones:
(1) Hay pruebas que prueban los hechos del caso;
(2) Las pruebas de los hechos del caso han sido verificadas mediante procedimientos legales;
(3) Con base en las pruebas de todo el caso, se han eliminado dudas razonables sobre los hechos comprobados.
El examen de la prueba debe basarse en las circunstancias específicas del caso y en aspectos como el grado de relevancia de la prueba con los hechos a probar y la relación entre las mismas.
Si el sospechoso de un delito hace una confesión sin otras pruebas, los hechos del caso no pueden determinarse; si el sospechoso de un delito no hace una confesión y las pruebas son confiables y suficientes, los hechos del caso sí pueden; ser determinado.
V. 2013, 9 de octubre, "Opiniones del Tribunal Supremo Popular sobre el establecimiento y mejora del mecanismo de trabajo para prevenir casos penales incorrectos"
8. , pasar hambre, secarse y las confesiones del acusado recopiladas mediante métodos ilegales como el asado y el interrogatorio por fatiga deben excluirse.
Excepto los interrogatorios in situ en situaciones de emergencia, las confesiones obtenidas mediante interrogatorios fuera de los lugares designados para el tratamiento del caso, las confesiones obtenidas sin grabar o grabar en vídeo todo el proceso de interrogatorio de conformidad con la ley y las confesiones obtenidas mediante métodos ilegales. No se puede excluir.