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La relación entre hechos objetivos, realidad objetiva y realidad jurídica

La Ley de Procedimiento Civil estipula que "los tribunales populares deben basar sus audiencias en los hechos y en el derecho cuando conocen de casos civiles".

? Esto lleva a pensar si los “hechos” se refieren a la realidad objetiva o a la realidad jurídica. ?

Personalmente tengo las siguientes opiniones.

Primero, la realidad objetiva se refiere a eventos objetivos y situaciones reales en la comprensión del materialismo dialéctico objetivo.

? En segundo lugar, la verdad de la ley. En las actividades judiciales, la comprensión de los hechos del caso por parte de las personas se ajusta a la verdad estipulada por la ley o reconocida por la ley.

? En tercer lugar, los hechos objetivos, es decir, los hechos reales que ocurrieron originalmente, no se basan en la conciencia humana, sino que existen fuera de la conciencia. Es algo que existe objetivamente y en un sentido realista.

? Si los hechos en el derecho procesal civil se refieren a la verdad objetiva o a la verdad jurídica tiene diferentes puntos de vista en las discusiones académicas en derecho.

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