¿Cómo entender que el efecto disuasorio del castigo no es su severidad, sino su inevitabilidad?
Cuando una persona teme el castigo de la ley penal y no se atreve o abandona la conducta prohibida por la ley penal, esto es disuasión. Cabe mencionar aquí el propósito preventivo del castigo, porque la función disuasoria del castigo es uno de los medios para lograr este propósito. En otras palabras, el propósito del castigo es prevenir el delito y, aunque un castigo severo tendrá cierto efecto disuasorio, si algunas personas pueden evitarlo, también reducirá su equidad. Por lo tanto, un castigo injusto y evitable no lo es. actuar como elemento disuasivo.
La disuasión, es decir, el miedo al castigo, se refiere a la prevención del delito mediante el miedo al castigo. Alguien puede cometer un delito si no está sujeto a las desagradables consecuencias de la investigación, el procesamiento, el juicio, la condena y la sentencia.
Y su inevitabilidad, o la inevitabilidad del castigo, significa que las agencias de justicia penal, especialmente las agencias de investigación, deben exponer o detectar cada caso penal, de modo que cada caso debe ser investigado y los culpables deben ser castigados. Esta es la base de la función de disuasión.