Red de Respuestas Legales - Derecho de patentes - ¿Puedo llamar a la policía si un hombre me amenaza y me obliga durante mucho tiempo? Pídale a la policía o a alguien con conocimientos de la ley que responda.

¿Puedo llamar a la policía si un hombre me amenaza y me obliga durante mucho tiempo? Pídale a la policía o a alguien con conocimientos de la ley que responda.

Desde una perspectiva jurídica, es necesario definir si este tipo de amenaza o coacción puede cumplir con el estándar de llamar a la policía. Este comportamiento viola lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley de Sanción de la Administración de Seguridad Pública, y si se sospecha que interfiere con la vida normal de otras personas, puede denunciar el caso a la seguridad pública de conformidad con la ley y solicitar que el caso sea abierto para investigación.

Las disposiciones pertinentes son: Artículo 42 de la "Ley de Castigo de la Administración de Seguridad Pública", quien cometa cualquiera de los siguientes actos será detenido por no más de 5 días o multado con no más de 500 yuanes si las circunstancias; son graves, será sentenciado a no menos de 5 días pero no menos de 10 días. Las siguientes detenciones pueden combinarse con una multa de hasta 500 yuanes:

(1) Escribir cartas amenazantes o amenazar a otras personas ' seguridad personal de otras maneras;

(2) Insultar públicamente a otros o inventar hechos Difamar a otros

(3) Fabricar hechos, hacer acusaciones falsas e incriminar a otros, e intentar someter a otros; a otros a procesamiento penal o sanciones administrativas de seguridad pública

(4) Amenazar, insultar, golpear o atacar Represalias contra testigos y sus familiares cercanos;

(5) Enviar repetidamente obscenos, insultos; , mensajes amenazantes u otros que interfieran con la vida normal de otros;

(6) Espiar, filmar en secreto, escuchar a escondidas y difundir la privacidad de otras personas.

Si la amenaza de coerción excede este alcance, puede definirse mejor desde la perspectiva del derecho penal. La legislación penal no prevé los delitos de coacción y amenazas.

Un cargo similar es el de indecencia forzada. Artículo 237 del Código Penal: Cualquiera que moleste o insulte por la fuerza a una mujer mediante violencia, coacción u otros medios será condenado a pena de prisión de no más de cinco años o prisión penal.

El que reúna multitud para pelear en un lugar público o cometa el delito del párrafo anterior, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de cinco años.

Quienes abusen de niños serán severamente castigados de conformidad con lo dispuesto en los dos párrafos anteriores.

Por supuesto, también existe el delito de violación. Si la persona es obligada a tener relaciones sexuales mediante amenazas de larga duración, constituye delito de violación. Por lo tanto, puede comparar qué tipo de amenazas lo obligaron a hacerlo y luego dejar en secreto pruebas relevantes y llamar a la policía si se cumplen las condiciones para llamar a la policía. Si se logra una investigación penal, se llevará a cabo una investigación penal.