Disposiciones legales para que los hijos hereden los bienes de sus padres
1. La herencia debe comenzar después de la muerte del causante. Los derechos de herencia previstos por la ley son sólo un derecho de expectativa del que disfrutan los herederos. A menos que el fallecido muera, la relación sucesoria no se producirá. Sólo después de la muerte del fallecido, los derechos de herencia se convierten en derechos adquiridos. Para ejercer el derecho de herencia testamentaria, el causante debe haber hecho un testamento legal durante su vida y haber fallecido, de lo contrario no se producirá ninguna relación de herencia testamentaria. Si los padres aún están vivos, sus hijos no pueden heredar sus bienes. Está bien que los padres regalen bienes a sus hijos, pero esta conducta se llama donación en vida, no herencia;
2. La persona que hereda la herencia debe ser el heredero legal del causante, es decir. , el heredero legal o testador. Los herederos legales reconocidos en nuestro país son los cónyuges, hijos, padres, hermanos, abuelos y abuelos maternos;
3. La herencia obtenida por el heredero conforme a la ley debe ser la propiedad legal de su propiedad. por el heredero durante su vida u otros bienes que puedan heredarse conforme a la ley.
Los bienes familiares, los bienes conyugales y los bienes de la sociedad no pueden heredarse como herencia sin división. Dichos bienes deben dividirse, y la parte que pertenece al difunto es la herencia. Todos los bienes adquiridos ilegalmente no pertenecen a la herencia y no pueden heredarse.
Reglamento
Código Civil de la República Popular China
Artículo 127 La herencia se realizará en el siguiente orden:
(1 ) Primer orden: cónyuge, hijos, padres;
(2) Segundo orden: hermanos, hermanas, abuelos, abuelos maternos.
Una vez iniciada la herencia, heredarán los herederos de primer orden, y los herederos de segundo orden no heredarán. Si no hay heredero de primer orden, heredarán los herederos de segundo orden. .
Los hijos mencionados en este apartado incluyen hijos legítimos, hijos ilegítimos, hijos adoptados e hijastros dependientes.
Los padres mencionados en esta sección incluyen padres biológicos, padres adoptivos y padrastros con una relación de custodia.
Los hermanos y hermanas a los que se hace referencia en esta sección incluyen hermanos y hermanas con los mismos padres, medio hermanos y hermanas, hermanos y hermanas adoptados y hermanastros con relaciones de dependencia.