Comer con tranquilidad en el comedor o salir a comer fuera.
La zona interior incluye el comedor.
Ley de Higiene de los Alimentos de la República Popular China
Capítulo 1 Disposiciones Generales
Artículo 1 Con el fin de garantizar la higiene de los alimentos y evitar la contaminación de los alimentos y los factores nocivos de Dañar el cuerpo humano. Esta ley se promulga para proteger la salud humana y mejorar la aptitud física.
Artículo 2 El Estado implementará un sistema de supervisión de la higiene de los alimentos.
Artículo 3 El departamento de administración sanitaria del Consejo de Estado estará a cargo de la supervisión y gestión nacional de la higiene de los alimentos.
Los departamentos pertinentes del Consejo de Estado son responsables de la gestión de la higiene de los alimentos dentro del alcance de sus respectivas responsabilidades.
Artículo 4 Quienes se dediquen a la producción y operación de alimentos dentro del territorio de la República Popular China deben cumplir con esta ley.
Esta ley se aplica a todos los alimentos, aditivos alimentarios, envases de alimentos, materiales y herramientas de embalaje, equipos, detergentes y desinfectantes de alimentos. También es aplicable a sitios, instalaciones y entornos relacionados de producción y operación de alimentos.
Artículo 5 El Estado alienta y protege a las organizaciones sociales y a los individuos para que realicen una supervisión social de la higiene de los alimentos.
Quien viole esta ley tiene derecho a denunciar y procesar.
Capítulo 2 Higiene de los alimentos
Artículo 6 Los alimentos deben ser no tóxicos e inofensivos, cumplir con los requisitos nutricionales prescritos y tener las correspondientes propiedades sensoriales como color, aroma y sabor.
Artículo 7 Los alimentos principales y complementarios especialmente diseñados para lactantes y niños pequeños deben cumplir con las normas nutricionales e higiénicas formuladas por el departamento de administración sanitaria del Consejo de Estado.
Artículo 8 El proceso de producción y operación de alimentos deberá cumplir con los siguientes requisitos de higiene:
(1) Mantener el ambiente interno y externo limpio y ordenado, y tomar medidas para eliminar moscas, ratas, cucarachas y otros insectos dañinos y sus condiciones de reproducción, mantengan una distancia prescrita de lugares tóxicos y dañinos;
(2) Las empresas de producción y operación de alimentos deben tener talleres o lugares adecuados para el procesamiento, procesamiento y envasado. y almacenamiento de materias primas alimentarias;
3) Deben existir instalaciones correspondientes para desinfección, cambio, lavado, iluminación, iluminación, ventilación, anticorrosión, a prueba de polvo, a prueba de moscas, a prueba de roedores, lavado, descarga de aguas residuales y almacenamiento de basura y desechos;
( 4) La disposición del equipo y el flujo del proceso es razonable para evitar la contaminación cruzada entre los alimentos a procesar y los alimentos, materias primas y productos terminados para consumo directo. y los alimentos no deben entrar en contacto con sustancias tóxicas e impuras;
(5) La vajilla, los utensilios para beber y los recipientes para alimentos deben lavarse y desinfectarse antes de su uso, y los utensilios y utensilios de cocina deben lavarse y mantenerse limpios. después de su uso;
(6) Los contenedores, embalajes, herramientas, equipos y condiciones deben ser seguros e inofensivos y mantenerse limpios para evitar la contaminación de los alimentos;
(7) Los alimentos importados directamente deben ser envasados en paquetes pequeños o materiales de embalaje limpios y no tóxicos;
(8) El personal de producción y operación de alimentos siempre debe mantener la higiene personal. Al producir y vender alimentos, debe lavarse las manos y usar ropa y sombreros de trabajo limpios; al vender alimentos a personas directas, debe utilizar herramientas de venta.
(9) El agua debe cumplir con las normas nacionales de higiene; agua potable urbana y rural;
(10) Los detergentes y desinfectantes utilizados deben ser seguros e inofensivos para el cuerpo humano.
Los requisitos de higiene para los vendedores y comerciantes de alimentos en los mercados urbanos y rurales durante el proceso de producción y operación de alimentos serán formulados por los Comités Permanentes de los Congresos Populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central de conformidad con esta Ley.
El artículo 9 prohíbe la producción y operación de los siguientes alimentos:
(1) Alimentos podridos, rancios, enmohecidos, comidos por insectos, impuros, mezclados con materias extrañas o que tengan otras propiedades sensoriales anormales que puedan afectar Nocivo para la salud humana;
(2) Contiene o está contaminado por sustancias tóxicas o nocivas, que pueden ser nocivas para la salud humana;
(3) Contiene parásitos y microorganismos patógenos, o el contenido de toxinas microbianas excede el estándar nacional;
(4) Carne y sus productos que no han sido sujetos a inspección sanitaria veterinaria o no han pasado la inspección; p>
(5) Muerte por enfermedad, envenenamiento o aves de corral, ganado, bestias, animales acuáticos y sus productos que murieron por causas desconocidas;
(6) Los contenedores y embalajes están sucios o gravemente dañados. o los vehículos de transporte son impuros, provocando contaminación;
( 7) Adulteración, adulteración y falsificación, afectando la nutrición y la higiene;
8) Procesamiento con materias primas no alimentarias, añadiendo no -productos químicos alimentarios, o tratar productos no alimentarios como alimentos;
(9) Más allá de la vida útil;
(10) Para necesidades especiales, como la prevención de enfermedades, el departamento administrativo de salud de el Consejo de Estado o el gobierno popular de una provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central prohíbe explícitamente las ventas;
(11) Que contengan aditivos que no hayan sido aprobados por el departamento administrativo de salud del Estado Consejo, o residuos de pesticidas que excedan la cantidad permitida estipulada por el estado
(12) Otros que no cumplan con los estándares de higiene de los alimentos y los requisitos higiénicos;
Artículo 10: No se podrán añadir medicamentos a los alimentos, salvo materias primas, condimentos o potenciadores nutricionales que según la tradición sean a la vez alimento y medicamento.
Capítulo 3 Higiene de los Aditivos Alimentarios
Artículo 11 La producción, operación y uso de aditivos alimentarios deberá cumplir con las normas higiénicas y medidas de manejo higiénico para el uso de aditivos alimentarios; cumplir con las normas de higiene No se permite la venta ni el uso de aditivos alimentarios que cumplan con las normas de gestión de higiene.
Capítulo 4 Higiene de los recipientes, materiales de embalaje y herramientas y equipos para alimentos
Artículo 12 Los recipientes, materiales de embalaje, herramientas y equipos para alimentos deben cumplir con las normas higiénicas y los métodos de gestión .
Artículo 13 Los envases de alimentos, los materiales de embalaje y las herramientas y equipos de producción de alimentos deberán utilizar materias primas que cumplan con los requisitos higiénicos. Los productos deben ser fáciles de limpiar y desinfectar.
Capítulo 5: Formulación de normas y medidas de gestión de higiene de los alimentos
Artículo 14 Alimentos, aditivos alimentarios, envases y materiales de embalaje de alimentos, herramientas y equipos alimentarios y limpieza de alimentos Normas nacionales de higiene, Los métodos de gestión de la higiene y las reglas de inspección para detergentes y desinfectantes, herramientas y equipos alimentarios, así como los límites permitidos de contaminantes alimentarios y sustancias radiactivas, serán formulados o aprobados por el departamento administrativo de salud del Consejo de Estado.
Artículo 15 Para los alimentos para los cuales el Estado no ha establecido normas de higiene, los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central podrán formular normas de higiene locales e informarlas al departamento administrativo de salud. del Consejo de Estado y el departamento administrativo de normalización del Consejo de Estado para su presentación.
Artículo 16 Los aditivos alimentarios con importancia higiénica en las normas nacionales de calidad de los productos deben ser aprobados por el departamento administrativo de salud del Consejo de Estado.
La evaluación de seguridad de productos químicos agrícolas como pesticidas y fertilizantes debe ser aprobada por el departamento administrativo de salud del Consejo de Estado.
Los reglamentos de inspección sanitaria veterinaria para el sacrificio de ganado y aves de corral serán formulados por los departamentos administrativos pertinentes del Consejo de Estado junto con el departamento administrativo de salud del Consejo de Estado.
Capítulo 6 Gestión de la higiene de los alimentos
Artículo 17 Los departamentos de gestión de operaciones y producción de alimentos de los gobiernos populares en todos los niveles fortalecerán la gestión de la higiene de los alimentos e inspeccionarán la implementación de esta ley.
Los gobiernos populares en todos los niveles deben alentar y apoyar la mejora de la tecnología de procesamiento de alimentos y promover la mejora de la calidad de la higiene de los alimentos.
Artículo 18 Las empresas de producción y comercialización de alimentos mejorarán su propio sistema de gestión de la higiene de los alimentos, equiparán personal de gestión de la higiene de los alimentos a tiempo completo o parcial y fortalecerán la inspección de los alimentos producidos y comercializados.
Artículo 19 La selección del sitio y el diseño de proyectos nuevos, de expansión y reconstrucción de empresas de producción y operación de alimentos deberán cumplir con los requisitos de salud, y el departamento administrativo de salud deberá participar en la revisión del diseño y la aceptación del proyecto.
Artículo 20: Para las nuevas variedades de alimentos y aditivos alimentarios producidos utilizando nuevos recursos, las empresas de producción y operación deben proporcionar la información requerida para la evaluación de la higiene y la evaluación nutricional del producto antes de su puesta en producción; Nuevas materias primas Para nuevas variedades de envases de alimentos, materiales de embalaje, herramientas y equipos alimentarios, las empresas de producción y operación deben proporcionar la información necesaria para la evaluación de la higiene del producto antes de su puesta en producción. Antes de que las nuevas variedades mencionadas entren en producción, se deben proporcionar muestras y enviarlas para su aprobación de acuerdo con los procedimientos de aprobación de las normas de higiene alimentaria prescritos.
Artículo 21 Nombre del producto, lugar de origen, nombre de la fábrica, fecha de producción, número o código de lote, especificaciones, fórmula o ingredientes principales, vida útil, métodos de consumo o uso, etc. Debe estar marcado en la etiqueta del embalaje o en el manual del producto según los diferentes productos. Las instrucciones de producto para alimentos y aditivos alimentarios no deben contener contenido promocional exagerado o falso.
Las etiquetas de los envases de alimentos deben ser claras y legibles. Los alimentos vendidos en el mercado interno deben tener etiquetas chinas.
Artículo 22 Para los alimentos que indiquen funciones específicas de cuidado de la salud, sus productos e instrucciones deberán presentarse al departamento administrativo de salud del Consejo de Estado para su aprobación, y sus normas sanitarias y métodos de gestión de producción serán formulados por el departamento administrativo de salud del Consejo de Estado.
Artículo 23 Los alimentos con funciones específicas para la salud no deben ser nocivos para la salud humana. El contenido de las instrucciones del producto debe ser verdadero. Las funciones e ingredientes del producto deben ser consistentes con las instrucciones y no deben ser falsos. .
Artículo 24 Los productores de alimentos, aditivos alimentarios, envases, materiales de embalaje y otras herramientas específicas para alimentos deben cumplir con las normas y métodos de gestión higiénica y pasar la inspección antes de salir de la fábrica o venderlos.
Artículo 25 Al comprar alimentos y sus materias primas, los productores y operadores de alimentos deberán obtener certificados de inspección u órdenes de inspección de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes, y los vendedores deberán garantizar su suministro. El alcance y los tipos de documentos requeridos serán estipulados por los departamentos administrativos de salud de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central.
Artículo 26 El personal de producción y operación de alimentos debe someterse a un examen de salud cada año. El personal de producción y operación de alimentos que sea nuevo en el trabajo o se incorpore temporalmente al trabajo debe someterse a un examen de salud y obtener un certificado de salud antes de poder hacerlo; participar en el trabajo.
No podrán participar en él quienes padezcan disentería, tifoidea, hepatitis viral y otras enfermedades infecciosas del tracto digestivo (incluidos los portadores de patógenos), tuberculosis pulmonar activa, enfermedades cutáneas purulentas o exudativas y otras enfermedades que dificulten la higiene de los alimentos. Trabajo que entra en contacto directo con alimentos de personas.
Artículo 27 Las empresas de producción y operación de alimentos y los vendedores de alimentos deben obtener una licencia sanitaria expedida por el departamento de administración de salud antes de solicitar el registro en el departamento de administración industrial y comercial. Quienes no hayan obtenido una licencia sanitaria no podrán dedicarse a actividades comerciales y de producción de alimentos.
Los productores y comerciantes de alimentos no pueden falsificar, alterar ni prestar licencias sanitarias.
Las medidas para la expedición y gestión de licencias sanitarias serán formuladas por los departamentos administrativos sanitarios de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central.
Artículo 28 Los organizadores de diversos mercados de alimentos serán responsables de la gestión de la higiene de los alimentos en el mercado, establecerán las instalaciones de salud pública necesarias en el mercado y mantendrán un buen saneamiento ambiental.
Artículo 29: El departamento administrativo industrial y comercial es responsable de la gestión de la higiene de los alimentos del comercio en los mercados urbanos y rurales, y el departamento administrativo de salud es responsable de la supervisión e inspección de la higiene de los alimentos.
Artículo 30: Los alimentos, aditivos alimentarios, envases de alimentos, materiales de embalaje y herramientas y equipos alimentarios importados deben cumplir con las normas sanitarias nacionales y las medidas de gestión sanitaria.
Los productos importados enumerados en el párrafo anterior estarán sujetos a supervisión e inspección sanitaria por parte del organismo de supervisión e inspección sanitaria de los alimentos importados del puerto. Sólo aquellos que pasan la inspección pueden importar. La Aduana liberará las mercancías según el certificado de inspección.
Al solicitar la inspección, el importador debe proporcionar información relevante e informes de inspección sobre pesticidas, aditivos y fumigantes utilizados en el país (región) exportador.
Los productos importados enumerados en el primer párrafo serán inspeccionados de acuerdo con las normas sanitarias nacionales. Si no existen estándares sanitarios nacionales, la unidad importadora debe proporcionar materiales de evaluación sanitaria emitidos por el departamento u organización de salud del país (región) exportador, pasar la inspección por parte de la agencia de inspección y supervisión sanitaria de los alimentos importados en el puerto e informar a la autoridad sanitaria. departamento administrativo del Consejo de Estado para su aprobación.
Artículo 31: Los alimentos exportados estarán sujetos a supervisión e inspección sanitaria por parte del departamento nacional de inspección de productos de importación y exportación.
La aduana libera las mercancías según el certificado emitido por el departamento nacional de inspección de productos de importación y exportación.
Capítulo 7 Supervisión de la higiene de los alimentos
Artículo 32 Los departamentos administrativos de salud de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior ejercerán responsabilidades de supervisión de la higiene de los alimentos dentro de su jurisdicción.
Las agencias de supervisión de la higiene de los alimentos establecidas por los departamentos administrativos de ferrocarriles y transporte ejercerán las responsabilidades de supervisión de la higiene de los alimentos prescritas por el departamento administrativo de salud del Consejo de Estado junto con los departamentos pertinentes del Consejo de Estado.