¿Cómo pueden los menores proteger sus derechos e intereses legales?
1 Cuando se vulnera el derecho a la remuneración laboral:
(1) Negociar con el infractor;
(2) Ir al departamento de trabajo y personal;
(3) Ir al Comité de Arbitraje de Conflictos Laborales para un arbitraje;
(4) Solicitar ayuda a los medios de comunicación;
⑤Contratar a un abogado o buscar asesoramiento jurídico. Solicitar ayuda al centro de asistencia;
6.
2. Cuando se violen los derechos a la vida y a la salud:
(1) Detener oportunamente la infracción;
(2) Informar a las autoridades pertinentes. apelación de los departamentos;
(3) pedir ayuda a los medios de comunicación;
(4) contratar a un abogado o buscar ayuda en un centro de asistencia jurídica;
( 5) Apelación ante el Tribunal Popular.
3. Cuando alguien cae al agua, puedes llamar a la policía inmediatamente mientras pides ayuda y buscas herramientas de rescate.
4. Cuando se vulnera el derecho a la reputación:
(1) Negociar con el infractor y pedirle que cese la infracción, señalándole que se trata de una vulneración del derecho ciudadano. de reputación;
(2) Solicitarle que se disculpe públicamente, eliminar el impacto negativo y asumir las responsabilidades legales correspondientes;
(3) Solicitar al Tribunal Popular que compense los daños económicos Pérdidas y pérdidas mentales.
5. Cuando tus compañeros te pongan apodos:
(1) Advierte a los compañeros que te ponen apodos que este comportamiento es una infracción de la dignidad personal y pídeles que dejen de hacerlo y hagan lo mismo. it public Discúlpate;
(2) Cuando sea apropiado, también puedes buscar ayuda del maestro.
6. Cuando un estudiante de último año te golpea:
Informe al maestro y resuelva el problema a través de la escuela con la ayuda del maestro;
(2 ) Decir a los padres que busquen a los padres de los estudiantes de último año y negocien una solución;
(3) Utilice armas legales para proteger sus derechos e intereses legítimos, como contratar a un abogado o buscar ayuda en un centro de asistencia jurídica. o demandar al Tribunal Popular para obtener justicia, obtener una compensación, proteger sus derechos.
Datos ampliados:
La “Ley de Protección al Menor” estipula las siguientes disposiciones sobre la protección social de los menores:
Artículo 20: El Estado fomenta grupos sociales, empresas, instituciones, otras organizaciones y ciudadanos para realizar diversas formas de actividades sociales que sean beneficiosas para el sano crecimiento de los menores.
Artículo 21 Los gobiernos populares en todos los niveles crearán las condiciones para establecer y mejorar lugares e instalaciones adecuados para la vida cultural de los menores.
Artículo 22 Los museos, salas conmemorativas, museos de ciencia y tecnología, centros culturales, teatros, estadios (lugares), zoológicos, parques y otros lugares deben estar abiertos a estudiantes de escuelas primarias y secundarias a tarifas preferenciales.
Artículo 23: En lugares como salas comerciales de canto y baile que no sean aptos para actividades de menores, las autoridades competentes y operadores pertinentes tomarán medidas para impedir la entrada de menores.
Artículo 24 El Estado alienta a la prensa, publicaciones, radio, cine, televisión, unidades literarias y artísticas, escritores, científicos, artistas y demás ciudadanos a crear o proporcionar obras que sean beneficiosas para el sano crecimiento de los menores. . El Estado apoya la publicación de libros, periódicos, publicaciones periódicas, productos audiovisuales y otras publicaciones específicamente para menores.
Artículo 25 Está estrictamente prohibido que cualquier organización o individuo venda, alquile o difunda de otro modo libros, periódicos, productos de audio y vídeo obscenos, violentos, asesinos, terroristas y otros productos de audio y vídeo que sean perjudiciales para los menores.
Artículo 26 Los alimentos, juguetes, utensilios e instalaciones recreativas de los niños no deberán ser perjudiciales para la seguridad y la salud de los niños.
Artículo 27 No se permite fumar en aulas, dormitorios, salas de actividades y otros lugares interiores donde se reúnan menores en escuelas primarias y secundarias, jardines de infancia y guarderías.
Artículo 28 Salvo que el Estado estipule lo contrario, ninguna organización o individuo podrá reclutar menores de dieciséis años.
Cualquier organización o individuo que reclute menores de 16 semanas y menores de 18 años de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes deberá implementar las regulaciones nacionales pertinentes en términos de tipos de trabajo, horas de trabajo, intensidad del trabajo, y medidas de protección no serán asignados para realizar trabajos con sobrepeso, tóxicos o nocivos u operaciones peligrosas.
Artículo 29: Los menores que deambulan, mendigan o se escapan de casa serán entregados a sus padres u otros tutores por el departamento de asuntos civiles u otros departamentos pertinentes cuando los padres u otros tutores no puedan ser identificados; temporalmente serán entregados por el departamento de asuntos civiles u otros departamentos relevantes. La agencia de bienestar infantil establecida por el departamento se encarga de ellos.
Artículo 30 Ninguna organización o individuo podrá revelar la privacidad personal de menores.
Artículo 31: Ninguna organización o individuo podrá ocultar o destruir cartas de menores que no tengan capacidad jurídica para realizar una conducta jurídica, excepto por los órganos de seguridad pública y la Fiscalía Popular; de conformidad con la ley con el fin de investigar delitos, ninguna organización o individuo puede abrir el niño excepto para una inspección de acuerdo con los procedimientos, o los padres del niño u otros tutores lo abren en su nombre.
Artículo 32: Los departamentos de salud y las escuelas deben brindar las condiciones necesarias de atención médica a los menores y hacer un buen trabajo en la prevención de enfermedades.
Artículo 33 Los gobiernos populares locales en todos los niveles desarrollarán activamente servicios de cuidado infantil, se esforzarán por administrar bien las guarderías y jardines de infancia y alentarán y apoyarán a las agencias estatales, grupos sociales, empresas, instituciones y otras fuerzas sociales para establecer la lactancia. salas infantiles, guarderías y jardines de infancia, y promover y apoyar la creación de guarderías familiares.
Artículo 34 El departamento de salud implementará un sistema de certificado de vacunación infantil, prevenirá y tratará activamente enfermedades comunes y frecuentes en los niños, fortalecerá la supervisión y gestión de la prevención y el control de enfermedades infecciosas y brindará servicios profesionales. Orientación sobre el trabajo sanitario en guarderías y jardines de infancia.
Artículo 35 Los gobiernos populares en todos los niveles y departamentos pertinentes adoptarán diversas formas para cultivar y capacitar a maestros de jardín de infantes y escuelas de párvulos y fortalecer su educación política, ideológica y profesional.
Artículo 36 El Estado protegerá los logros intelectuales y el honor de los menores contra infracciones de conformidad con la ley.
Para los menores con talentos especiales o logros destacados, el Estado, la sociedad, las familias y las escuelas deben crear condiciones favorables para su sano desarrollo.
Artículo 37: Para los menores que hayan completado el número especificado de años de educación obligatoria y ya no deseen ingresar a la educación superior, los departamentos gubernamentales, grupos sociales, empresas e instituciones pertinentes deberán brindarles capacitación vocacional y técnica. en función de la situación real y proporcionarles Crear condiciones de empleo.
Materiales de referencia:
Diario del Pueblo en Línea - Presidente del Tribunal Supremo Zhou Qiang: Los menores deben hacer buen uso de los medios legales para protegerse