Según el Código Civil, entre los siguientes certificados de derechos, los que pueden utilizarse en prenda son ( ).
Respuesta: A
Según el artículo 440 del Código Civil, se pueden pignorar los siguientes derechos:
① Letra de cambio, pagaré, cheque;
②Bonos y certificados de depósito;
③Recibos de almacén y conocimientos de embarque;
④Acciones y capital de fondos transferibles;
⑤Sí Derechos de propiedad en transfirió derechos de marca registrada, derechos de patente, derechos de autor y otros derechos de propiedad intelectual;
⑥Cuentas por cobrar existentes y futuras;
⑦Leyes y reglamentos administrativos Prevén otros derechos de propiedad que pueden pignorarse.