Red de Respuestas Legales - Conocimientos de patentes - ¿Puede el demandado en un litigio civil no comparecer ante el tribunal y ser representado por un abogado?

¿Puede el demandado en un litigio civil no comparecer ante el tribunal y ser representado por un abogado?

Las partes no podrán comparecer ante el tribunal y podrán estar representadas por abogado.

Desde la implementación de la Ley de Procedimiento Civil recientemente revisada (en adelante, la Nueva Ley de Procedimiento Civil) en 2013, muchas personas han estado haciendo la misma pregunta, que es la cuestión de los agentes litigantes. Entonces, después de octubre de 2013, ¿qué cambios habrá entre las disposiciones sobre los agentes de litigios civiles y la Ley de Procedimiento Civil anterior a la modificación (en adelante, la antigua Ley de Procedimiento Civil)? ¿Puedo seguir actuando como litigante en un caso civil siendo ciudadano? En respuesta a estas preguntas, de conformidad con las disposiciones de la nueva "Ley de Procedimiento Popular", el autor da las siguientes respuestas.

En primer lugar, se producen cambios en las disposiciones de la antigua Ley de Enjuiciamiento Civil y la Nueva Ley de Enjuiciamiento Civil sobre los agentes litigantes en casos civiles.

Antes del 65 de octubre de 2013, según lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 58 de la antigua Ley de Enjuiciamiento Civil, podrán actuar como agentes litigantes las siguientes personas:

(1) Abogados

(2) Familiares cercanos de las partes interesadas;

(3) Candidatos recomendados por grupos o unidades sociales relevantes;

(4) Otros aprobados por; el ciudadano del Tribunal Popular.

Junio ​​2065438 Junio ​​1ro de octubre de 2003 Según el segundo párrafo del artículo 58 de la Nueva Ley de Procedimiento Civil, podrán ser encomendados como agentes litigantes a las siguientes personas:

( 1) Abogados;

(2) Trabajadores de servicios legales de base;

(3) Familiares cercanos o personal de los partidos;

(4) Dónde están ubicados los partidos Ciudadanos recomendados por comunidades, unidades y organizaciones sociales relevantes.

Por el contrario, las disposiciones de la nueva Ley de Procedimiento Civil sobre agentes litigantes tienen los siguientes cambios en comparación con la antigua Ley de Procedimiento Civil:

Se han agregado tres categorías de personas, trabajadores de servicios legales de base. , personal del partido interesado y ciudadanos recomendados por la comunidad donde se encuentra el partido.

Se ha reducido una categoría de personas, es decir, otros ciudadanos con permiso del Tribunal Popular.

En segundo lugar, la interpretación de los tres tipos de recién llegados.

Los trabajadores de servicios jurídicos de base se refieren a aquellos que cumplen con las condiciones de ejercicio estipuladas en las "Medidas para la Gestión de los Trabajadores de Servicios Jurídicos de Base", están aprobados para ejercer y registrarse, reciben un certificado de ejercicio de trabajador de servicios jurídicos, ejercen. en una oficina de servicios jurídicos de base, y reportar a las Personas que brindan servicios jurídicos a la sociedad.

El personal de la parte, aquí nos referimos a la unidad pertinente (persona jurídica u organización no incorporada) como parte en el caso, puede confiar al personal de la unidad para que sea su agente en el litigio.

Ciudadanos recomendados por la comunidad donde se encuentran las partes Los partidos aquí mencionados se refieren a la situación en la que las personas físicas son las partes. Si la parte interesada es una persona física, el comité de residentes o el comité de aldea pueden recomendar al ciudadano como su agente en el litigio.

En tercer lugar, resumen.

Cuando el interesado es una persona natural, el ámbito de personas que pueden actuar como su agente litigante es: abogados, trabajadores de servicios jurídicos de base y sus familiares cercanos, ciudadanos recomendados por sus comunidades, unidades y organizaciones sociales relevantes.

Cuando la parte en cuestión es una unidad (una persona jurídica o una organización no constituida en sociedad), el ámbito de personas que pueden actuar como su agente litigante es: abogados, trabajadores de servicios jurídicos de base y su personal.

Cuando la persona interesada actúe como agente litigante, deberá presentar ante el tribunal los siguientes documentos:

El abogado presenta: certificado de ejercicio de la abogacía, carta del despacho de abogados y poder. apoderado de la parte.

Los trabajadores de servicios jurídicos de base presentan: certificado de práctica de trabajador de servicios jurídicos, carta de presentación emitida por la oficina de servicios jurídicos de base y poder de las partes.

Los familiares cercanos del interesado deberán presentar: documentos de identidad de los parientes cercanos (referidos al cónyuge, padres, hijos, hermanos, abuelos, abuelos maternos, nietos y nietos maternos) del interesado, y justificantes de la relación de identidad con el cliente (como el registro del hogar, etc.) y el poder de las partes interesadas.

El personal del interesado deberá presentar: prueba de identidad del personal, certificación expedida por la unidad de que el fiduciario es miembro del personal y poder con el sello oficial de la unidad.

Los ciudadanos recomendados por la comunidad, unidad y organizaciones sociales relevantes donde se encuentran las partes deben presentar: prueba de ciudadanía, cartas de recomendación de la comunidad, unidades y organizaciones sociales relevantes donde se encuentran las partes (es necesario Estar sellado con el sello oficial de la unidad recomendante), Poder de los interesados.

Los ciudadanos que no puedan proporcionar los documentos anteriores no podrán participar en actividades de litigio civil como agentes litigantes.