Artículo 206 de la Ley de Enjuiciamiento Civil
¿Cuáles son las circunstancias bajo las cuales se puede suspender el litigio civil 1? Según el artículo 150 de la Ley de Procedimiento Civil, el proceso se suspenderá cuando concurra cualquiera de las siguientes circunstancias: 1. Si una de las partes fallece, es necesario esperar a que los herederos indiquen si participarán en el litigio; 2. Una de las partes ha perdido la capacidad para litigar y aún no se ha determinado el representante legal; 3. La persona jurídica u otra organización; es decir, una de las partes ha terminado y el sucesor de los derechos y obligaciones aún no ha sido determinado; 4. Una de las partes no puede participar en el litigio por motivos de fuerza mayor; 5. El caso debe basarse en el resultado del juicio de otra; caso, y el otro caso aún no ha concluido; 6. Otras circunstancias en las que deba suspenderse el litigio;