Red de Respuestas Legales - Conocimientos de patentes - Mi amigo me invitó a ir a nadar con él. Era menor de edad y murió ahogado accidentalmente. ¿Deberíamos asumir la responsabilidad legal?

Mi amigo me invitó a ir a nadar con él. Era menor de edad y murió ahogado accidentalmente. ¿Deberíamos asumir la responsabilidad legal?

Responsabilidad legal

Artículo 60. Si una persona viola las disposiciones de esta Ley e infringe los derechos e intereses legítimos de los menores, y otras leyes y reglamentos han estipulado sanciones administrativas, dichas disposiciones prevalecerán si una persona causa pérdidas personales o patrimoniales u otros daños, deberá soportar; la responsabilidad civil conforme a la ley; si se constituye un delito, la responsabilidad penal se perseguirá conforme a la ley.

Artículo 61 Si los organismos estatales y su personal no cumplen con sus deberes de proteger los derechos e intereses legítimos de los menores, infringen los derechos e intereses legítimos de los menores, o toman represalias contra quienes se quejan, acusan o denuncian , serán La unidad o autoridad superior ordenará correcciones, y el responsable directo y demás personal directamente responsable recibirán sanciones administrativas de conformidad con la ley.

Artículo 62 Si los padres u otros tutores no cumplen sus deberes de tutela de acuerdo con la ley o infringen los derechos e intereses legítimos de los menores, serán advertidos y suspendidos por su unidad o comité de residentes o comité de aldea; esto constituye una violación de la gestión de la seguridad pública, los órganos de seguridad pública impondrán sanciones administrativas de conformidad con la ley.

Artículo 63 Si una escuela, jardín de infantes o guardería infringe los derechos e intereses legítimos de los menores, el departamento administrativo de educación u otros departamentos pertinentes le ordenarán que haga correcciones si el caso es grave; Se ordenará al responsable directo y a los demás responsables directos que realicen correcciones. El personal será sancionado de conformidad con la ley.

Si los miembros del personal de la escuela, jardín de infantes o guardería participan en castigos corporales, castigos corporales disfrazados de menores u otro comportamiento degradante, se les ordenará que hagan correcciones por parte de sus unidades o autoridades superiores si las circunstancias lo son; graves, serán sancionados conforme a la ley.

Artículo 64: Producir o vender a menores de edad, alquilar o de cualquier otra forma difundir libros, periódicos, publicaciones periódicas, productos de audio y video, publicaciones electrónicas y en Internet, de cualquier tipo, obscenos, violentos, asesinos, terroristas, de juegos de azar y otros. De ser constatada, el departamento competente le ordenará subsanar e imponer sanciones administrativas de conformidad con la ley.

Artículo 65: Serán perseguidos quienes produzcan o vendan alimentos, medicamentos, juguetes, electrodomésticos e instalaciones recreativas para menores de edad que no cumplan con las normas nacionales o de la industria, o no marquen las precauciones en lugar visible. por el departamento competente Orden de rectificación e imposición de sanciones administrativas de conformidad con la ley.

Artículo 66: Alrededor de los campus de las escuelas primarias y secundarias se establecerán lugares comerciales de esparcimiento de canto y baile, locales de negocios de servicios de acceso a Internet y otros lugares no aptos para actividades de menores de edad, debiendo las autoridades competentes cerrarlos e imponer sanciones administrativas de conformidad con la ley.

Si a los menores se les permite ingresar a lugares como lugares comerciales de entretenimiento para cantar y bailar, lugares comerciales de servicios de Internet, etc. que no son adecuados para actividades de menores, o si no se coloca ningún cartel que prohíba la entrada a menores en una posición notoria, el departamento competente ordenará corregir e imponer sanciones administrativas de conformidad con la ley.

Artículo 67: El que venda tabaco o alcohol a menores de edad, o no coloque un cartel visible que prohíba la venta de tabaco o alcohol a menores, será ordenado a realizar correcciones por el departamento competente y se le impondrán sanciones administrativas. imponerse conforme a la ley.

Artículo 68 Reclutamiento ilegal de menores de 16 años, o reclutamiento de menores de 16 años para realizar trabajos pesados, tóxicos y nocivos o que pongan en peligro la salud física y mental de menores Si se trata de operaciones peligrosas se lleva a cabo, el departamento de trabajo y seguridad social ordenará que se realicen subsanaciones e impondrá multa si las circunstancias son graves, la licencia comercial será revocada por el departamento de administración industrial y comercial;

Artículo 69: El que atente contra la intimidad de los menores y constituya una violación a la gestión de la seguridad pública, estará sujeto a sanciones administrativas por parte de los órganos de seguridad pública de conformidad con la ley.

Artículo 70: Las agencias de rescate de menores, las instituciones de bienestar infantil y su personal no cumplen con sus deberes de rescate y protección de menores de acuerdo con la ley, o abusan o discriminan a menores, o en el proceso de cuidado de ellos. menores de edad Quien solicite beneficios deberá realizar correcciones por parte del departamento competente y se le impondrán sanciones administrativas de conformidad con la ley.

Artículo 71: El que coaccione, seduzca o utilice a menores de edad para mendigar u organice a menores para realizar actividades nocivas para su salud física y mental, estará sujeto a sanciones administrativas por parte de los órganos de seguridad pública, de conformidad con el ley.

Déjalo en manos de la policía para que lo investigue. Si la situación es grave, se requerirá un abogado.