¿Cómo afrontar los casos penales menores de 16 años?
Artículo 17 Si una persona que ha cumplido 16 años comete un delito, incurrirá en responsabilidad penal.
Toda persona que haya cumplido catorce años pero no haya cumplido dieciséis años y cometa homicidio intencional, lesión intencional, lesión grave o muerte, violación, robo, tráfico de drogas, incendio provocado, explosión o envenenamiento, deberá soportar responsabilidad penal.
Si una persona mayor de 14 años pero menor de 18 comete un delito, se le impondrá una pena más leve o reducida.
A quienes no estén sujetos a sanción penal por ser menores de dieciséis años, se ordenará a sus padres o tutores que los disciplinaran si fuera necesario, también podrán ser puestos bajo custodia por el gobierno;
Ley de Procedimiento Penal
El artículo 269 restringe estrictamente la aplicación de medidas de arresto a menores sospechosos y acusados de delitos. Cuando la Fiscalía Popular revisa y aprueba un arresto o el Tribunal Popular decide arrestarlo, interrogará al menor sospechoso o acusado de un delito y escuchará las opiniones del abogado defensor.
Los menores y adultos detenidos, arrestados o castigados deben ser detenidos, gestionados y educados por separado.