¿Es posible que la fiscalía escuche la opinión del abogado?
(1) Presentar prontamente los procedimientos de encomienda al órgano de la fiscalía de manera oportuna y ofrecer activamente cooperación en el trabajo. Solicitar las opiniones y puntos de vista de los encargados del caso.
(2) Revisar y copiar cuidadosamente los documentos de litigio y tasación en los expedientes del caso.
(3) Reunirse con el sospechoso de un delito lo antes posible, comprender y descubrir el comportamiento ilegal durante el proceso de manejo del caso y presentar sugerencias correctivas.
(4) Recopilar pruebas favorables al sospechoso delictivo según la situación del caso y comunicarse con la agencia que maneja el caso.
(5) De conformidad con el artículo 15 de la Ley de Procedimiento Penal, proporcionar con prontitud pruebas fácticas y fundamento jurídico para no enjuiciar.
(6) Se pueden proporcionar opiniones jurídicas para expresar opiniones sobre la definición de delito y no delito, de este delito y de aquel delito.
(7) Solicitar la libertad bajo fianza en espera de juicio o cambio de medidas coercitivas según las circunstancias del caso para proteger los derechos e intereses legítimos del presunto delincuente.
(8) Informar de inmediato a los encargados del caso sobre sellos e incautaciones incorrectos planteados por sospechosos de delitos y proponer correcciones y soluciones.