¿Puedo solicitar asistencia jurídica si debo dinero?
Base jurídica: artículo 10 Si un ciudadano no confía a un agente la gestión de los siguientes asuntos que requieren representación debido a dificultades financieras, podrá solicitar asistencia jurídica a una agencia de asistencia jurídica:
(1) Solicitar conforme a la ley una compensación estatal;
(2) Solicitar prestaciones de seguro social o prestaciones mínimas de seguridad vital;
(3) Solicitar pensiones y fondos de ayuda;
( 4) Solicitar el pago de pensión alimenticia, manutención y manutención
(5) Solicitar el pago de remuneraciones laborales
(6) Reclamar derechos civiles y; intereses que surgen de actos de valentía y rectitud.
Los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central podrán dictar disposiciones complementarias en materia de asistencia jurídica distintas a las señaladas en el párrafo anterior.
Los ciudadanos podrán solicitar consulta jurídica a las instituciones de asistencia jurídica sobre las cuestiones especificadas en los apartados 1 y 2 de este artículo.