¿Se pueden prometer logros intelectuales?
Análisis jurídico: Los logros intelectuales son objeto de derechos de propiedad intelectual, son intangibles y no pueden ser utilizados directamente como objeto de prenda. Lo que se puede prometer es el derecho a utilizar los logros intelectuales en derechos de propiedad intelectual. Por ejemplo, derechos exclusivos de marcas y derechos de propiedad sobre patentes y derechos de autor.
Base jurídica: Artículo 440 del Código Civil de la República Popular China. Se pueden pignorar los siguientes derechos de los que el deudor o un tercero tiene derecho a disponer:
(1) Letras de cambio, pagarés y cheques.
(2) Bonos y certificados de depósito.
(3) Recibos de almacén y conocimientos de embarque;
(4) Acciones y capital de fondos transferibles;
(5) Derechos exclusivos transferibles sobre marcas registradas. derechos de patente, derechos de autor y otros derechos de propiedad intelectual;
(6) Cuentas por cobrar existentes y futuras;
(7) Otros derechos de propiedad que pueden pignorarse de acuerdo con las leyes y regulaciones administrativas.