Red de Respuestas Legales - Conocimientos de patentes - En la clasificación de los actos jurídicos civiles, ¿cuál es la diferencia entre conducta causativa y conducta no causante, conducta principal y conducta accesoria?

En la clasificación de los actos jurídicos civiles, ¿cuál es la diferencia entre conducta causativa y conducta no causante, conducta principal y conducta accesoria?

Diferentes estándares, diferentes ángulos. Teóricamente, las acciones legales civiles se dividen en diferentes tipos según diferentes estándares. Según la relación entre los actos jurídicos y las causas, se pueden dividir en actos causativos y actos no causantes.

La opinión contenida en los "Principios generales del derecho civil" de Liang Huixing es que un acto relacionado con una causa se refiere a un acto jurídico en el que el acto y su causa están legalmente combinados y son inseparables; un acto sin causa se refiere a un; Acto jurídico en el que se puede separar el acto y su causa.

Los "Fundamentos del derecho civil" de Mei Zhongxie llaman a este par de conceptos comportamiento causativo y comportamiento no causante. Si es por un acto, también se dice que la causa es un elemento del acto jurídico; depende del acto. En los actos no esenciales la razón se desliga de los actos jurídicos, y la eficacia de los actos jurídicos no se ve afectada por la falta de racionalidad.

El “Derecho Civil” de Jiang Ping señala que para los actos civiles que impliquen pago de bienes, el motivo del pago es requisito indispensable para su constitución y eficacia; para los actos jurídicos civiles sin causa, el bien es el objeto de; pago, y el motivo del pago no es requisito para su constitución y eficacia en los actos jurídicos civiles.

El punto de vista en los "Principios de Derecho Civil" de Ma Junju y Yu Yanman es que: el comportamiento causativo se refiere al comportamiento legal civil donde la existencia de una causa es necesaria, y si la causa no es válida, el comportamiento es inválido; la conducta sin causa se refiere a un acto sin causa. La existencia de una causa es una condición necesaria, pero incluso si la causa es inválida, el acto sigue siendo válido como acto jurídico civil.

Peng señaló en los "Principios generales del derecho civil" que un acto jurídico con causa se refiere a un acto jurídico en el que el motivo del pago y el acto están jurídicamente combinados y son inseparables. Su característica es que el motivo del pago es la constitución del acto, y el requisito de validez, es decir, la ausencia del motivo del pago, afectará la constitución y eficacia del acto jurídico al que se refiere el acto jurídico sin causa; un acto jurídico independiente en el que se puede separar el motivo del pago y el acto. Su característica es que el motivo del pago no es requisito para la eficacia del acto, es decir, la ausencia del motivo del pago no afecta la validez del acto jurídico.

Los "Principios generales del derecho civil" de Wang Zejian señalan que si un acto jurídico puede obtenerse está separado de su causa, es decir, si se basa en sus elementos causantes y se puede dividir en dos tipos. : acto causante principal (acto causante, acto causante) y acto no causante comportamiento causado (comportamiento no causado). Un acto causativo se refiere a un acto jurídico que no se separa de la causa y toma la causa como elemento esencial. No por acto, se refiere a un acto jurídico que está separado de su causa y no tiene su causa como elemento esencial. Además, Wang Zejian cree que la gestión sin causa incluye los contratos de derechos de los acreedores (compraventa, préstamos al consumo, etc.). ); ).

De la discusión anterior se puede ver que los académicos en realidad no tienen mucho desacuerdo sobre el significado de este par de conceptos, pero sus respectivas expresiones son diferentes. Su connotación es si las razones jurídicas son los elementos básicos del acto jurídico, es decir, las razones jurídicas y otros elementos * * * en conjunto constituyen el andamiaje para el establecimiento y efectividad del acto jurídico. Si se separa la razón jurídica de la acción con causa, entonces la acción jurídica pierde un elemento importante y no puede establecerse. Acciones sin causas y viceversa.

Aquí debemos entender un concepto básico, es decir, las razones jurídicas. Las razones jurídicas se denominan causas en el derecho romano y se refieren a la finalidad del pago de bienes entre sujetos. El Sr. Mei Zhongxie dijo: "El propósito legal directo es lo que yo llamo la razón del comportamiento legal. Es diferente de la motivación". Las razones jurídicas se refieren al fin jurídico directo y son el contenido de los actos jurídicos, mientras que los motivos no tienen significado jurídico. Medicus también señaló que otros propósitos comúnmente perseguidos por las partes no pueden considerarse razones legales significativas. Sólo en circunstancias excepcionales este propósito puede adquirir significado legal a través de una condición o una base de transacción. Medicus se refiere aquí a esta motivación como condición para la realización de actos jurídicos.

La visión de Medicus sobre la falta de causa es muy distintiva y la discutiré brevemente aquí. Él cree que la mayoría de los contratos de deuda son actos causativos, pero la mayoría de los actos disciplinarios son actos no causativos. También enumeró varias excepciones, por ejemplo, el comportamiento gravoso también puede ser sin causa, y la razón legal para la acción disciplinaria también puede ser un acuerdo de causa pura. Algunas acciones disciplinarias no requieren ninguna razón legal. También dividió lo sin causa en sin causa externa y sin causa interna. La falta de causa externa significa que la eficacia de un acto punitivo no se basa en la eficacia de actos gravosos existentes distintos del acto. La acausalidad intrínseca, o acausalidad del contenido, significa que el castigo en sí no tiene ningún propósito en el contenido.

Con base en la relación mutua, los actos jurídicos civiles se pueden dividir en: actos primarios y actos secundarios. El comportamiento de un esclavo depende del comportamiento de su amo.