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Cuando el caso llega a la fiscalía, ¿qué hace el abogado por el cliente?

El trabajo del abogado durante la etapa de revisión y procesamiento de la fiscalía incluye aceptar encomiendas, contactar a la fiscalía, reunirse y comunicarse, y solicitar la libertad bajo fianza en espera de juicio para los sospechosos de delitos. Entre ellos, a partir de la fecha de transferencia del caso a la fiscalía para su revisión y procesamiento, se puede contratar a un abogado para que brinde la defensa y el cliente firma un contrato de encomienda por duplicado, uno para el cliente y otro para el despacho; para mantener.

1. ¿Qué hacen los abogados durante la etapa de revisión y procesamiento de la fiscalía?

1. El abogado acepta el encargo.

(1) A partir de la fecha en que el caso se transfiere a la fiscalía para su revisión y procesamiento, se puede contratar a un abogado para que realice la defensa.

(2) Los abogados manejan los casos.

1. El despacho de abogados y el cliente firman un contrato de poder por duplicado, con una copia para el cliente y una copia para el despacho de abogados.

2. firma un poder por duplicado. Tres copias, una para la agencia que lleva el caso, otra para el responsable y otra para el cliente.

3. a la agencia encargada del caso según la carta oficial.

2. Contactar al Ministerio Público

1. Luego de aceptar el encargo, el abogado deberá comunicarse oportunamente con el Ministerio Público, presentar un poder y un oficio. del despacho de abogados, y presentar el Certificado de ejercicio del abogado.

2. El abogado defensor tiene derecho a inspeccionar, extraer y copiar los documentos del litigio y los materiales de tasación técnica en este caso.

3. Reuniones y correspondencia

(1) Durante la etapa de revisión y procesamiento, los abogados defensores podrán reunirse con sospechosos de delitos en cualquier momento sin la aprobación de la fiscalía.

(2) Los abogados defensores pueden comunicarse con sospechosos de delitos, pero el contenido debe estar relacionado con el caso.

(3) Cuando un abogado se reúne con un sospechoso de un delito, puede hacerle preguntas sobre los siguientes casos:

1. La situación natural del sospechoso de un delito

2. Si participar y cómo en el caso sospechoso;

3. Los principales hechos y circunstancias involucradas en la condena, sentencia o declaración de inocencia.

4. Solicitar la libertad bajo fianza en espera de juicio para el sospechoso del delito.

(1) Un sospechoso de un delito detenido o su representante legal o pariente cercano solicita a un abogado que solicite una libertad bajo fianza en espera del juicio para el sospechoso de un delito. Si el abogado encargado cree que se cumplen las condiciones legales, puede solicitar la libertad bajo fianza en espera del juicio.

(2) Si un abogado solicita la libertad bajo fianza en espera de juicio para un sospechoso de un delito, deberá solicitarlo a las autoridades pertinentes. La solicitud deberá indicar los hechos de la solicitud, los motivos y los métodos de garantía, e indicar el nombre del bufete de abogados, el nombre del abogado, la dirección postal y la información de contacto, etc.

Dos. Ley de Enjuiciamiento Criminal

Artículo 33 Además de ejercer el derecho de defensa, los sospechosos e imputados también podrán confiar en una o dos personas como defensores. Se pueden encomendar como defensores a las siguientes personas:

(1) Abogados;

(2) Personas recomendadas por organizaciones populares o la unidad donde trabaja el sospechoso o imputado;

(3) Tutores, familiares y amigos de sospechosos e imputados de delitos.

No podrán actuar como defensores las personas que hayan sido condenadas a pena o privadas o restringidas de su libertad personal de conformidad con la ley.

No podrán actuar como defensores las personas que hayan sido destituidas de cargos públicos o cuyo título de ejercicio de abogado o notario haya sido revocado, salvo los tutores o parientes próximos de los sospechosos o imputados.

Artículo 37 El deber del defensor es presentar materiales y dictámenes basados ​​en hechos y en derecho, de que el sospechoso o imputado es inocente, el delito es menor o la responsabilidad penal está reducida o eximida, y salvaguardar los derechos de litigio del sospechoso criminal o del acusado y otros derechos e intereses legítimos.

Artículo 38 Los abogados defensores podrán prestar asistencia jurídica a los sospechosos de delitos durante la investigación. Actuar en nombre de apelaciones y acusaciones; solicitar cambios en las medidas obligatorias; informar sobre el presunto delito del sospechoso y las circunstancias relevantes del caso a la agencia de investigación, y brindar opiniones.

Artículo 39: Los abogados defensores podrán reunirse y comunicarse con los presuntos delincuentes y los imputados bajo custodia. Otros defensores también pueden reunirse y comunicarse con sospechosos de delitos y acusados ​​bajo custodia con el permiso del Tribunal Popular y la Fiscalía Popular.

Si un abogado defensor solicita reunirse con un sospechoso de un delito detenido o acusado con un certificado de ejercicio de abogado, un certificado de bufete de abogados, un poder o una carta de asistencia jurídica, el centro de detención deberá organizar la reunión en el momento oportuno. manera, a más tardar 48 horas.

En casos de delitos que ponen en peligro la seguridad nacional o actividades terroristas, los abogados defensores deben obtener permiso de la agencia de investigación para reunirse con los sospechosos de delitos bajo custodia durante la investigación. El organismo de investigación notificará al centro de detención la situación anterior con antelación.

Los abogados defensores se reúnen con sospechosos de delitos y acusados ​​bajo custodia para conocer el caso y brindarles consultas. A partir de la fecha en que el caso se transfiere para su revisión y enjuiciamiento, se pueden verificar las pruebas pertinentes con el sospechoso o acusado del delito. Los abogados defensores no están sujetos a vigilancia cuando se reúnen con sospechosos y acusados ​​de delitos.

Lo dispuesto en los apartados 1, 3 y 4 se aplicará a las reuniones y comunicaciones entre los abogados defensores y los sospechosos e imputados que se encuentren bajo vigilancia domiciliaria.

Artículo 40 A partir de la fecha en que la Fiscalía Popular examina el caso de la acusación, los abogados defensores podrán revisar, extraer y copiar el material del expediente. Otros defensores también pueden consultar, extraer y copiar los materiales antes mencionados con el permiso del Tribunal Popular o de la Fiscalía Popular.

Artículo 41 Si el defensor considera que las pruebas y materiales recabados por los órganos de seguridad pública y la Fiscalía Popular durante el período de investigación, revisión y procesamiento demuestran la inocencia del sospechoso o imputado o del delito menor. no ha sido presentado, tiene derecho a presentarlo al pueblo. La Fiscalía y el Tribunal Popular solicitan su transferencia.

Artículo 42: Se aceptarán las pruebas recabadas por el defensor de que el sospechoso de un delito no se encuentra en la escena del crimen, no ha alcanzado la edad de responsabilidad penal y es un enfermo mental que no es penalmente responsable según la ley. ser notificado oportunamente a los órganos de seguridad pública y a la Fiscalía Popular.

Artículo 43: Con el consentimiento de los testigos u otras unidades e individuos pertinentes, los abogados defensores podrán recopilar de ellos materiales relacionados con el caso, o solicitar a la Fiscalía Popular o al Tribunal Popular la recopilación y obtención de pruebas, o solicitar al Pueblo El tribunal notifica al testigo que comparezca ante el tribunal para testificar.

Con el permiso de la Fiscalía Popular o del Tribunal Popular, y con el consentimiento de la víctima o de sus familiares cercanos o de los testigos aportados por la víctima, el abogado defensor podrá recoger de ellos materiales relacionados con el caso. .

Artículo 44: Los defensores u otras personas no ayudarán a los sospechosos o acusados ​​de delitos a ocultar, destruir, falsificar pruebas o confabularse para obtener confesiones, y no amenazarán ni inducirán a los testigos a cometer perjurio ni a participar en otros actos que obstruyan la justicia. actas.

Quien viole lo dispuesto en el párrafo anterior será considerado legalmente responsable de conformidad con la ley. Si el defensor es sospechoso de haber cometido un delito, el caso será atendido por un organismo de investigación distinto de aquel en el que el defensor llevó el caso. Si el defensor fuera abogado, deberá comunicarlo prontamente a su despacho o al colegio de abogados al que pertenezca.

Artículo 45 Durante el juicio, el imputado podrá negarse al defensor a continuar defendiéndolo, o podrá encomendar la defensa a otro defensor.

En el proceso de manejo de casos penales o civiles, los abogados deben intervenir para ayudar a las partes a resolver cuestiones legales profesionales relevantes. Durante el proceso de litigio, como agente o cliente, un abogado no sólo necesita tener un alto grado de conocimiento profesional, sino también un alto grado de calidad profesional para obtener los correspondientes beneficios para las partes.