Red de Respuestas Legales - Leyes y reglamentos - He estado detenido durante dos años por recaudar fondos ilegalmente y aún no he sido sentenciado. ¿Cuánto tiempo estaré en la cárcel?

He estado detenido durante dos años por recaudar fondos ilegalmente y aún no he sido sentenciado. ¿Cuánto tiempo estaré en la cárcel?

Estos casos involucran a muchas personas, son complejos y llevan mucho tiempo.

La “Ley de Procedimiento Penal” estipula el período de detención para cada etapa de las causas penales:

Las etapas de detención y arresto

Artículo 89: Los órganos de seguridad pública Si se considera que es necesario arrestar a una persona detenida, deberá presentar el asunto a la Fiscalía Popular para su revisión y aprobación dentro de los tres días posteriores a la detención. En circunstancias especiales, el plazo de aprobación podrá ampliarse de uno a cuatro días.

Para los principales sospechosos que cometen delitos con frecuencia, cometen delitos repetidamente o conspiran para cometer delitos, el tiempo de revisión y aprobación puede ampliarse a 30 días.

La Fiscalía Popular tomará la decisión de aprobar o desaprobar la detención dentro de los siete días siguientes a la recepción de la carta de aprobación del órgano de seguridad pública. Si la Fiscalía Popular no aprueba el arresto, el órgano de seguridad pública liberará inmediatamente a la persona después de recibir la notificación y notificará sin demora a la Fiscalía Popular para su ejecución. Quienes necesiten continuar la investigación y cumplir las condiciones para la libertad bajo fianza en espera de juicio o vigilancia residencial serán puestos en libertad bajo fianza en espera de juicio o puestos bajo vigilancia residencial de conformidad con la ley.

Etapa de investigación posterior al arresto por seguridad pública

Artículo 154: El período de investigación y detención posterior al arresto estipula que el período de investigación y detención posterior al arresto de un sospechoso de un delito no excederá de dos meses . Si el caso es complejo y no puede concluirse dentro del plazo, podrá prorrogarse por un mes con la aprobación de la Fiscalía Popular del nivel inmediatamente superior.

Artículo 155: Para casos particularmente graves y complejos que no pueden ser sometidos a juicio durante un largo tiempo debido a razones especiales, la Fiscalía Popular Suprema presentará el caso al Comité Permanente de la APN para su aprobación y posponer el juicio. .

Artículo 156: Si la investigación de los siguientes casos no puede darse por terminada al vencimiento del plazo señalado en el artículo 154 de esta Ley, quedará sujeta a la aprobación o decisión de la Fiscalía Popular de la provincia. , comunidad autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central, puede prorrogarse por dos meses:

(1) Casos importantes y complejos en zonas remotas con transporte muy inconveniente;

( 2) Casos de grupos criminales importantes;

(3) Casos importantes y complejos de delitos migratorios;

(4) Casos importantes y complejos que involucran una amplia gama de áreas y son difíciles de obtener pruebas .

Artículo 157: El sospechoso de un delito podrá ser condenado a prisión de duración determinada superior a diez años. Si transcurre el plazo de prórroga previsto en el artículo 156 de esta Ley y se da por terminada la investigación, el sospechoso será detenido. Los condenados a prisión de duración determinada superior a diez años según la provincia, región autónoma o región autónoma, con aprobación o decisión de la Fiscalía Popular del municipio directamente dependiente del Gobierno Central, podrán prorrogarse el plazo por otros dos meses. .

Etapa Procuratorial

Artículo 169: La Fiscalía Popular resolverá en el plazo de un mes sobre el caso transferido para su procesamiento por el órgano de seguridad pública. En casos importantes y complejos, la decisión podrá. prorrogarse medio mes.

Etapa de juicio

Artículo 202: Cuando el tribunal popular conozca de una causa pública, pronunciará sentencia dentro de los dos meses siguientes a su aceptación, y no más de tres meses después de su recepción. el último. Para los casos en que pueda imponerse la pena de muerte o los casos con litigio civil adjunto, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 156 de esta Ley, se podrá conceder una prórroga de tres meses con la aprobación del tribunal popular de nivel inmediatamente superior. nivel; si se requiere una extensión debido a circunstancias especiales, la extensión puede extenderse por tres meses y debe presentarse al Tribunal Popular Supremo para su aprobación.