Red de Respuestas Legales - Leyes y reglamentos - ¿Qué es una infracción de marca registrada notoriamente conocida?

¿Qué es una infracción de marca registrada notoriamente conocida?

Análisis legal: Las marcas notoriamente conocidas son tipos de marcas reconocidas por la Oficina de Marcas de la Oficina Estatal de Propiedad Intelectual, el Tribunal Popular o el Comité de Revisión de Productos, según sea necesario. Debido a la enorme inversión y los beneficios económicos previsibles que contienen las marcas reconocidas, los infractores ilegales las codician desde hace mucho tiempo. Por tanto, la determinación de la infracción de marcas notoriamente conocidas es diferente a la de las marcas ordinarias, y la primera tiene un alcance más amplio. Porque la protección de las marcas notoriamente conocidas parte principalmente de dos aspectos: horizontal y verticalmente, el alcance del reconocimiento de marcas notoriamente conocidas similares se amplía horizontalmente, y las categorías de productos o servicios marcados por marcas notoriamente conocidas se amplían verticalmente, desde bienes o servicios idénticos o similares a bienes o servicios no identificados, logrando así el propósito de otorgar una protección especial. La Convención Mundial sobre Propiedad Intelectual y Marcas también se basa en este concepto para determinar la infracción de marcas notoriamente conocidas con el fin de proteger las marcas notoriamente conocidas.

Base jurídica: "Código Civil de la República Popular China"

Artículo 120: Si se infringen derechos e intereses civiles, la parte infringida tiene derecho a solicitar al infractor que soporte responsabilidad extracontractual.

Artículo 183: Si el infractor se causa daño a sí mismo por salvaguardar los derechos e intereses civiles de otros, asumirá la responsabilidad civil, pudiendo el beneficiario proporcionar la indemnización adecuada. Si no hay infractor o el infractor elude o no puede asumir la responsabilidad civil y la víctima solicita una indemnización, el beneficiario deberá proporcionar la indemnización adecuada.

Artículo 167: Si una infracción pone en peligro la seguridad personal o patrimonial de otros, la parte infractora tiene derecho a exigir al infractor que asuma la responsabilidad extracontractual para detener la infracción, eliminar obstáculos y eliminar el peligro.

Artículo 168 Si dos o más personas infringen y causan daño a otras conjuntamente, responderán solidariamente.